Notificación a la empresa "Krono
Cinematográfica, Sociedad Limitada", empresa titular del
cinematógrafo "Chaplin" de Silla, de la iniciación de
expediente de fecha 19 de abril de 2001,
correspondiente al expediente sancionador número 46/01,
por infracción de la normativa que regula la
actividad de exhibición cinematográfica, que se hace
por este medio por haberse intentado sin efecto
la notificación ordinaria del mismo al último
domicilio conocido que es: Calle Magistrado Greus, 11.
46230 Alginet (Valencia).
La parte sustancial de la iniciación de expediente
reza como sigue:
Primero.-No acreditar haber cumplimentado las
declaraciones semanales de exhibición de películas
de las semanas 10, 11 y 12 del año en curso (del
5 al 25 de marzo de 2001).
Segundo.-No se expone en taquilla ni en lugar
bien visible la calificación de la película que se
proyecta "15 minutos", la cual ha sido calificada por
este Instituto como "no recomendada menores de
18 años".
Los referidos hechos constituyen presunta
infracción a lo dispuesto en los apartados noveno y décimo
de la Orden de 7 de julio de 1997 ("Boletín Oficial
del Estado" del 14) por la que se dictan normas
de aplicación del Real Decreto 81/1997, de 24 de
enero, en relación con los artículos trece y quince,
respectivamente, del citado Real Decreto 81/1997,
de 24 de enero ("Boletín Oficial del Estado" de
22 de febrero de 1997), por el que se desarrolla
parcialmente la Ley 17/1994, de 8 de junio, de
Protección y Fomento de la Cinematografía.
Y podrían ser sancionados, como falta leve, con
multa de hasta 150.000 pesetas, por el ilustrísimo
señor Director General de este Instituto, conforme
a lo dispuesto en la Ley 17/1994, de 8 de junio,
de Protección y Fomento de la Cinematografía
("Boletín Oficial del Estado" de 10 de junio de 1994)
y Real Decreto 81/1997, de 24 de enero ("Boletín
Oficial del Estado" de 22 de febrero de 1997), que
desarrolla parcialmente la anterior. Asimismo, se
le comunica que el plazo máximo para resolver,
en su caso, el presente expediente y notificar la
resolución adoptada será de seis meses a partir de
la fecha en que se le notifique el presente acuerdo
de iniciación del procedimiento.
El presente escrito deberá ser contestado en el
plazo improrrogable de los quince días hábiles
siguientes al de su recepción, mediante escrito
dirigido al ilustrísimo señor Director General del
Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales (Ministerio de Educación y Cultura, Plaza
del Rey, 1, 28071 Madrid), alegando y probando
cuanto estime conveniente en su derecho,
advirtiéndole que caso de no hacerlo, este acuerdo será
considerado propuesta de resolución según establece
el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de
4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento
del procedimiento para el ejercicio de la potestad
sancionadora ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de
agosto de 1993).
Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos
previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, significando que el texto
íntegro de la citada iniciación de expediente y
documentación aneja se encuentra archivado en la
Secretaría General de este Organismo, Sección de
Instrucción de Expedientes del Servicio de Inspección
y Sanciones, Plaza del Rey, número 1, en Madrid.
Madrid, 9 de julio de 2001.-La Secretaria
General, Milagros Mendoza Andrade.-&38.742.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid