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Documento BOE-B-2001-176049

Resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Dependencia Regional de Recaudación de Andalucía, sobre enajenación de bienes inmuebles mediante subasta pública. Expediente 01/009.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 2001, páginas 8356 a 8357 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2001-176049

TEXTO

Don Ignacio García-Villanova Ruiz, Jefe de la

Dependencia Regional adjunto de Recaudación de

la Delegación Especial de la Agencia Estatal de

la Administración Tributaria en Andalucía,

Hace saber: Que, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 146 del Reglamento General de

Recaudación, aprobado por el Real Decreto 1648/1990,

de 20 de diciembre, en el procedimiento de apremio

que se instruye en la Unidad Regional de

Recaudación contra el deudor a la Hacienda Pública

"Huelva Bussiness General, Sociedad Limitada",

con código de identificación fiscal B41747890, por

los conceptos y cuantía que se dirá, se ha dictado

el siguiente acuerdo de enajenación y providencia

de subasta, que se transcribe literalmente:

"Acuerdo de enajenación y providencia de

subasta.-En el expediente administrativo de apremio que

por la Unidad Regional de Recaudación se sigue

contra "Huelva Bussiness General, Sociedad

Limitada", con código de identificación fiscal

B41747890, por débitos al Tesoro Público por los

conceptos y ejercicios reglamentariamente

notificados en la diligencia de embargo y que ascienden

por principal y recargo de apremio a la cantidad

de 353.537.881 pesetas, costas de 500.000 pesetas,

intereses de 60.000.000 de pesetas, importe

ingresado de 188.155 pesetas, total de cuatrocientos trece

millones ochocientas cuarenta y nueve mil

setecientas veintiséis pesetas, se han embargado los

inmuebles que con posterioridad se describirán. De

conformidad con lo establecido en el artículo 145 del

Reglamento General de Recaudación, se acuerda

la enajenación mediante subasta de los bienes que

se indican a continuación para cubrir el débito

perseguido y costas del procedimiento. En virtud de

este acuerdo, y según lo dispuesto en el artículo

146.1 del citado Reglamento, se decreta la venta

de los mismos mediante subasta pública que se

celebrará el día 18 de octubre de 2001, a las once

treinta horas, en la Sala de Juntas de la novena

planta de la Delegación Especial de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria de Andalucía, sita

en Sevilla, avenida República Argentina, 23,

observándose en su trámite y realización las

prescripciones del artículo 148 del Reglamento General de

Recaudación, aprobado por Real Decreto

1684/1990, de 20 de diciembre ("Boletín Oficial

del Estado" número 3, de 3 de enero de 1991),

parcialmente modificado por el Real Decreto

448/1995, de 24 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" número 74, de 28 de marzo de 1995),

siendo los tipos de subasta conforme al artículo

139 del citado Reglamento los reflejados más

adelante, haciéndose constar que la segunda e inmediata

licitación se llevará a cabo, si así se estimase

conveniente, previa deliberación de los componentes

de la Mesa de Subasta. Asimismo, cuando en la

licitación o licitaciones celebradas no se hubiese

cubierto la deuda y en el caso de que resultasen

bienes sin adjudicar, la Mesa de Subasta anunciará

respecto de los mismos la apertura del

procedimiento de venta mediante gestión y adjudicación directa

conforme a lo dispuesto en el artículo 150 del

Reglamento General de Recaudación y en las condiciones

establecidas en el anuncio de la presente subasta,

en cuyo caso el precio mínimo de adjudicación será,

cuando los bienes hayan sido objeto de subasta con

una sola licitación, el tipo de subasta, y, cuando

lo hayan sido con dos licitaciones, no existirá precio

mínimo.

La descripción de los bienes objeto de subasta

es la siguiente:

Lote 1: Urbana. Parcela de terreno R.5.2, ubicada

en la zona este del sector URP-AN.8, La Pepina,

del plan general de ordenación urbana de Marbella

de forma rectangular y calificada como zona

residencial. La cual, y tomando como hito inicial el

vértice situado más al noroeste, linda: Al norte, con

la parcela denominada R.5.1.a, según un tramo recto

de 86 metros; al este, con la parcela denominada

R.5.4, según un tramo recto entrante y perpendicular

al anterior de 21 metros 12 centímetros; al sur,

con la parcela denominada R.5.3, según un tramo

recto entrante y perpendicular al anterior de 86

metros, y al oeste, con el vial F-G, según un tramo

recto entrante y perpendicular a la anterior de 21

metros 12 centímetros, hasta encontrar el hito

inicial, comprende una superficie total de 1.812 metros

cuadrados. Registro de la Propiedad número 3 de

Marbella, folio 192, tomo 1.493, libro 467, finca

número 35.918. Se ejecuta por la anotación: Letra

A. Derechos del deudor sobre el bien: Pleno

dominio. Valoración: 141.000.000 de pesetas. Total

cargas: Ninguna. Tipo de subasta en la primera

licitación: 141.000.000 de pesetas. Tipo de subasta en

la segunda licitación: 105.750.000 pesetas.

Lote 2: Urbana. Parcela de terreno R.4.2, ubicada

en la zona sur del sector URP-AN.8, La Pepina,

del Plan General de Ordenación Urbana de

Marbella, de forma rectangular, con dos vértices curvos,

y calificada como zona residencial. La cual, y

tomando como hito inicial el vértice situado más al

noroeste, linda: Por el norte, con la parcela denominada

R.4.1, según una línea recta de 36 metros; al este,

el vial F-G, según un tramo recto en prolongación

del anterior de 62 metros; al sur, con la parcela

V.3, según una línea mixta compuesta por tres

tramos, el primero de ellos curvo convexo, en

prolongación del anterior, de 6 metros de radio y 9

metros 42 centímetros de desarrollo, y al oeste, con

el vial C-D, según un tramo recto entrante y

perpendicular al anterior de 62 metros hasta encontrar

el hito inicial. Comprende una superficie total de

2.412 metros cuadrados. Registro de la Propiedad

número 3 de Marbella, folio 186, tomo 1.493, libro

467, finca número 35.915. Se ejecuta por la

anotación: Letra A. Derechos del deudor sobre el bien:

Pleno dominio. Valoración: 188.000.000 de pesetas.

Total cargas: Ninguna. Tipo de subasta en primera

licitación: 188.000.000 de pesetas. Tipo de subasta

en segunda licitación: 141.000.000 de pesetas. El

valor de las pujas, según el tipo señalado, debe

atender a la siguiente escala, advirtiéndose que el valor

entre pujas se irá incrementando cuando, como

consecuencia de las distintas posturas, se pase a un

tramo superior de la escala.

Tipo de subasta y valor de las pujas:

Hasta 50.000 pesetas, 500 pesetas.

De 50.001 pesetas a 100.000 pesetas, 1.000

pesetas.

De 100.001 pesetas a 250.000 pesetas, 2.500

pesetas.

De 250.001 pesetas a 500.000 pesetas, 5.000

pesetas.

De 500.001 pesetas a 1.000.000 de pesetas,

10.000 pesetas.

De 1.000.001 pesetas a 2.500.000 pesetas, 25.000

pesetas.

De 2.500.000 pesetas a 5.000.000 de pesetas,

50.000 pesetas.

De 5.000.000 de pesetas a 10.000.000 pesetas,

100.000 pesetas.

Más de 10.000.000 de pesetas, 250.000 pesetas.

Notifíquese esta providencia al deudor, a su

cónyuge, al depositario y a los que, teniendo la condición

de acreedores, figuren en el certificado de cargas

expedido por el Registro de la Propiedad número 3

de Marbella, en fecha 10 de mayo de 2000, y hágase

pública por medio de anuncio que se fijará en los

tablones de anuncios de esta Delegación Especial

y en el del Ayuntamiento de Marbella, en el "Boletín

Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial de la

Provincia de Sevilla" y "Boletín Oficial de la

Provincia de Málaga". Asimismo, procederá su

publicación en un medio de comunicación escrito de

gran difusión, siendo en este caso los gastos en

concepto de costas causadas en el procedimiento,

por cuenta de los deudores en proporción al valor

de los bienes subastados, y, en su caso, la dirección

d e I n t e r n e t d e l a A g e n c i a T r i b u t a r i a

(http://www.aeat.es), para conocimiento de los

interesados y general, con la advertencia a todos y cada

uno de ellos y, muy especialmente, en caso de

deudores con domicilio desconocido, que la notificación

de la subasta se entenderá practicada a todos los

efectos por medio de su anuncio.

Sevilla, 3 de julio de 2001.-El Jefe de la

Dependencia Regional adjunto de Recaudación, Ignacio

García-Villanova Ruiz."

Y, en cumplimiento de lo acordado en los

transcritos acuerdo de enajenación y providencia de

subasta, se publica el presente anuncio de bienes

inmuebles, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 146.5 y 6 del Reglamento General de

Recaudación, y se advierte a las personas que deseen

licitar las siguientes condiciones a las que quedan

sujetas en todos sus términos en caso de que

intervengan en la subasta:

Primera.-La subasta se celebrará como se dice

en la transcrita providencia el día 18 de octubre

de 2001 (18 de octubre de 2001), a las once treinta

horas, en la Sala de Junta de la Delegación Especial

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

de Andalucía, avenida República Argentina, 23, ante

la Mesa compuesta por el señor Jefe de la

Dependencia Regional de Recaudación, que la presidirá;

el señor Jefe de la Unidad Regional de Recaudación,

que instruye el expediente, pudiendo ambos ser

sustituidos, y un funcionario designado al efecto por

el señor Delegado especial de la agencia, que actuará

como Secretario, en cuyo acto, y previo depósito

reglamentario del 20 por 100 del tipo de subasta

en primera licitación, se admitirán las posturas que

cubran el referido tipo, y, en segunda e inmediata

licitación, si así se acordase previa deliberación de

los componentes de la Mesa de Subasta cuando

no se hubiere cubierto la deuda y queden bienes

sin adjudicar, se admitirán proposiciones que cubran

el nuevo tipo, que será del 75 por 100 del que

sirvió en primera licitación, abriéndose a tal fin un

plazo de media hora para que los que deseen licitar

constituyan depósitos que cubran el 20 por 100

del nuevo tipo.

Segunda.-La descripción del inmueble a cuya

enajenación se va a proceder, valoración del mismo,

cargas, tipo de subasta y tramos de licitación son

los especificados en los transcritos acuerdo de

enajenación y providencia de subasta. El adjudicatario

o adjudicatarios aceptan y se subrogan en las cargas

de carácter preferente y que legalmente deban

quedar subsistentes, si las hubiere, sin que pueda

destinarse a su extinción el precio del remate. Los

intereses y demás gastos devengados o generados por

las cargas preferentes no serán de cargo, en ningún

caso, de la Agencia Tributaria ni disminuirán el

valor de enajenación del bien. Igualmente, se

subroga el/los adjudicatario/s respecto de aquellas

situaciones jurídicas que les afecten al inmueble

embargado, conforme a la documentación que consta en

el expediente a disposición de los posibles

interesados.

Tercera.-Para tomar parte en la subasta, todo

licitador habrá de constituir ante la Mesa depósito

de garantía mediante cheque conformado a favor

del Tesoro Público, que será de, al menos, el 20

por 100 del tipo de aquélla, depósito que se ingresará

en firme en el Tesoro, con pérdida para el

depositario, si los adjudicatarios no satisfacen el precio

del remate, sin perjuicio de las responsabilidades

en que incurran por los mayores perjuicios que sobre

el importe del depósito origine la inefectividad de

la adjudicación.

Cuarta.-El adjudicatario deberá entregar en el

acto de la adjudicación o dentro de los cinco días

hábiles siguientes la diferencia entre el depósito

constituido y el precio de adjudicación.

Quinta.-Se podrá liberar el bien trabado y

suspenderse el procedimiento de enajenación en

cualquier momento anterior al de su adjudicación

abonándose la deuda perseguida en su principal, recargo

de apremio, costas causadas e intereses de demora

que procedan.

Sexta.-Los títulos de propiedad o certificación

supletoria, en su caso, del inmueble que se subasta

estarán de manifiesto hasta un día antes de la

celebración de la subasta en la Dependencia Regional

de Recaudación de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria en Andalucía, sita en Sevilla,

avenida República Argentina, 23, a fin de que

puedan ser examinados por aquellos a quienes interesen

todos los días hábiles a partir de la publicación

del presente anuncio. En cualquier caso, los

licitadores habrán de conformarse con los títulos de

propiedad que se hayan aportado al expediente, no

teniendo derecho a exigir otros. De no estar inscritos

los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación

es título mediante el cual puede efectuarse la

inmatriculación en los términos prevenidos en el artículo

199.b) de la Ley Hipotecaria, y que, en los demás

casos en que sea preciso, habrán de proceder, si

les interesa, como dispone el título VI de dicha

Ley.

Séptima.-Se admitirán pujas en sobre cerrado,

en el que se expresará el precio máximo ofrecido

por el licitador, debiendo incluirse en el mismo un

cheque conformado a favor del Tesoro Público por

el importe de la fianza a que se refiere el punto

3. Los licitadores, en sobre cerrado, podrán,

igualmente, participar personalmente en la licitación con

posturas superiores a las del sobre si desean mejorar

el precio máximo ofrecido. Estas ofertas, que

tendrán el carácter de máximas, deberán presentarse

en el Registro General de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria de la Delegación Especial

de Andalucía, sita en Sevilla, avenida República

Argentina, 23, desde el anuncio de la subasta hasta,

al menos, una hora antes de iniciarse ésta.

Octava.-La Agencia Tributaria se reserva el

derecho a pedir la adjudicación para el Estado del

inmueble que se subasta de no ser enajenado, según se

establece en los artículos 158 y siguientes del

Reglamento General de Recaudación, y 137.2 de la Ley

General Tributaria.

Novena.-Los acreedores hipotecarios o

pignoraticios desconocidos, si los hubiere, se tendrán por

notificados con plena virtualidad legal por medio

del presente anuncio, así como los deudores para

el caso de no poderse llevar a efecto la notificación

en la finca subastada.

Décima.-Todos los gastos e impuestos derivados

de la transmisión, incluidos los derivados de la

inscripción en el Registro de la Propiedad del

mandamiento de cancelación de cargas preferentes,

serán por cuenta del adjudicatario. Respecto al

estado de deudas con la comunidad de propietarios

que pudieran existir en relación con viviendas o

locales, el adjudicatario exonera expresamente a la

Agencia Estatal de Administración Tributaria, al

amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21

de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por

la Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de

aportar certificación sobre el estado de las deudas

de la comunidad, siendo a cargo del mismo los

gastos que queden pendientes de pago.

Undécima.-El licitador o licitadores que resulte/n

adjudicatario/s del bien que se enajena lo serán a

título propio y personal, no pudiéndose ejercer

opción alguna de cesión a terceros, salvo en el caso

de que actúen con poderes suficientes y acreditados,

de terceras personas o en representación de entidad

jurídica.

Duodécima.-Si por fuerza mayor, causas ajenas

a la Agencia Tributaria o por error se hubiere

señalado un domingo o día festivo y no pudiera

celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se

entenderá que se celebrará al siguiente día hábil,

a la misma hora y lugar, exceptuando los sábados,

y en días sucesivos y en iguales condiciones si

persistiese tal impedimento.

Decimotercera.-El procedimiento de apremio

solamente se suspenderá en los términos y

condiciones señalados en los artículos 135 y 136 de

la Ley General Tributaria.

Decimocuarta.-Cuando en la primera licitación

y, en su caso, segunda licitación, no se hubiese

cubierto la deuda y queden bienes sin adjudicar,

la Mesa anunciará la apertura del trámite de venta

mediante gestión y adjudicación directa por un plazo

máximo de seis meses, a contar desde el día de

celebración de subasta, en cuyo caso el precio

mínimo de adjudicación será, cuando los bienes hayan

sido objeto de subasta con una sola licitación, el

tipo de subasta, y cuando lo hayan sido con dos

licitaciones, no existirá precio mínimo. En el trámite

de venta mediante gestión directa, los interesados

en la adjudicación podrán presentar ofertas en sobre

cerrado desde el día 18 de octubre de 2001, con

la advertencia de que, transcurrido un mes a contar

desde el mismo, la Administración se reserva el

derecho a resolver la adjudicación en cualquier

momento dentro del plazo de seis meses a que se

refiere el artículo 150.2 del Reglamento General

de Recaudación, con las ofertas que hayan sido

presentadas hasta el instante mismo de la propuesta

del Jefe de la Dependencia Regional a la Mesa de

Subasta. Las ofertas, que tendrán la consideración

de vinculantes, se presentarán señalando que son

dirigidas a este procedimiento. Cuando las

proposiciones se envíen por correo, el ofertante deberá

justificar la fecha de imposición del envío en la

Oficina de Correos y anunciar a la Mesa la remisión

de la oferta mediante fax o telegrama en el mismo

día, de forma que, sin la concurrencia de ambos

requisitos, no será admitida la proposición si es

recibida con posterioridad a la fecha de la terminación

del plazo establecido. La apertura de sobres tendrá

carácter reservado. Podrá declararse desierta la

adjudicación cuando, de forma razonada, el Jefe de la

Dependencia Regional estime que las ofertas

presentadas no reúnen condiciones económicas

suficientes a los intereses de la Hacienda Pública. No

obstante, y siempre dentro del referido plazo de

seis meses, podrán acordarse prórrogas sucesivas

de un mes de duración para la presentación de

nuevas ofertas en sobre cerrado, lo que se anunciará

en el tablón de anuncios de esta Delegación Especial

y, en cuyo caso, el citado anuncio de prórroga servirá

de comunicación a los interesados cuyas ofertas

hubiesen sido rechazadas. Se entenderá que las

ofertas presentadas tienen validez durante todo el plazo

de trámite del procedimiento de adjudicación

directa.

Decimoquinta.-En todo lo no previsto en este

anuncio se estará a lo preceptuado en las

disposiciones legales que regulen el acto.

Sevilla, 3 de julio de 2001.-El Jefe de la

Dependencia Regional adjunto de Recaudación, Ignacio

García-Villanova Ruiz.-&38.935.

ANÁLISIS

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