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Documento BOE-B-2001-178085

Resolución del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sobre notificación iniciación expediente número 48/2001, cine "Del Castillo", de Llodio (Álava).

Publicado en:
«BOE» núm. 178, de 26 de julio de 2001, páginas 8479 a 8480 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2001-178085

TEXTO

Notificación a la empresa de don José María del

Castillo Ortega, empresa titular del cinematógrafo

"Del Castillo", de Llodio (Álava), de la iniciación

de expediente de fecha 26 de abril de 2001,

correspondiente al expediente sancionador número 48/01,

por infracción de la normativa que regula la

actividad de exhibición cinematográfica, que se hace

por este medio por haberse intentado sin efecto

la notificación ordinaria del mismo al último

domicilio conocido que es calle Álava, 1, 01400 Llodio

(Álava).

La parte sustancial de la iniciación de expediente

reza como sigue:

Primero.-Utilizar un billetaje que no se adecua

en su contenido y formato a lo dispuesto en la

normativa vigente.

Segundo.-No dar a conocer la calificación de

la película proyectada "Yo, yo mismo e Irene",

calificada como "No recomendadas menores de trece

años", según dispone el artículo 15 del Real Decreto

81/1997.

Tercero.-No haber procedido a la inscripción en

el Registro Público de Empresas Cinematográficas

de la empresa titular antes de iniciar su actividad

en el cine "Del Castillo".

Tales hechos constituyen presunta infracción a

lo dispuesto en las siguientes disposiciones:

Primero.-Apartado sexto de la Orden de 7 de

julio de 1997, por la que se dictan normas de

aplicación del Real Decreto 81/1997, de 24 de enero,

en las materias de cuotas de pantalla y distribución

de películas, salas de exhibición, registro de

empresas y calificación de obras cinematográficas y

audiovisuales ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de julio

de 1997), en relación con el artículo 12 del Real

Decreto 81/1997, de 24 de enero, por el que se

desarrolla parcialmente la Ley 17/1994, de 8 de

junio, de Protección y Fomento de la

Cinematografía, y se actualizan y refunden normas relativas

a la realización de películas en coproducción, salas

de exhibición y calificación de películas

cinematográficas ("Boletín Oficial del Estado" de 22 de

febrero de 1997).

Segundo.-Artículo 15 del Real Decreto 81/1997.

Tercero.-Artículo 11 del Real Decreto 81/1997,

en relación con el apartado quinto de la Orden

de 7 de julio de 1997.

Y, podrían ser sancionados, como falta leve, por

el punto primero con multa de hasta 75.000 pesetas;

por el punto segundo con multa de hasta 100.000

pesetas y por el punto tercero con multa de hasta

50.000 pesetas, por el ilustrísimo señor Director

general de este Instituto, conforme a lo dispuesto

en la Ley 17/1994, de 8 de junio, de Protección

y Fomento de la Cinematografía ("Boletín Oficial

del Estado" del 10), y Real Decreto 81/1997, de

24 de enero ("Boletín Oficial del Estado" de 22

de febrero), que desarrolla parcialmente la anterior.

Asimismo, se le comunica que el plazo máximo

para resolver, en su caso, el presente expediente

y notificar la resolución adoptada será de seis meses,

a partir de la fecha en que se notifique el presente

acuerdo de iniciación del procedimiento.

El presente edicto podrá ser contestado en el plazo

improrrogable de los quince días hábiles siguientes

al de su recepción, mediante escrito dirigido al

ilustrísimo señor Director General del Instituto de la

Cinematografía y de las Artes Audiovisuales

(Ministerio de Educación y Cultura, plaza del Rey, 1,

28071 Madrid. Teléfono 91-701 70 00, extensiones

32417 ó 32328), alegando y probando cuanto estime

conveniente en su derecho. En caso de no hacer

uso de este derecho, este acuerdo será considerado

propuesta de resolución según establece el artículo

13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto,

por el que se aprueba el Reglamento del

procedimiento para el ejercicio de la potestad

sancionadora ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de agosto

de 1993).

Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos

previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y Procedimiento

Administrativo Común (LRJPA), significando que el texto

íntegro de la citada iniciación de expediente y

documentación aneja se encuentra archivado en la

Secretaría General de este Organismo, Sección de

Instrucción de Expedientes del Servicio de Inspección

y Sanciones, plaza del Rey, número 1, en Madrid.

Madrid, 11 de julio de 2001.-La Secretaria

general, Milagros Mendoza Andrade.-39.448.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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