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Documento BOE-B-2001-188086

Resolución de la Delegación Provincial de Lugo, de 18 de julio de 2001, por la que se somete a información pública, estudio ambiental, autorización administrativa, declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y proyecto sectorial de las instalaciones que comprende el proyecto del "Parque Eólico de Fiouco" (expediente 068-EOL).

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 2001, páginas 8975 a 8975 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-B-2001-188086

TEXTO

Información pública de la Resolución de 18 de

julio de 2001, de la Delegación Provincial de Lugo,

por la que se abre información pública para estudio

ambiental, autorización administrativa, declaración

de utilidad pública, aprobación del proyecto de

ejecución y proyecto sectorial de las instalaciones que

comprende el proyecto del "Parque Eólico Fiouco",

promovido por "Norvento, Sociedad Limitada"

(expediente número 068-EOL).

Por Resolución de 18 de julio de 2001, de la

Delegación Provincial de Lugo a los efectos

previstos en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre,

de Evaluación de Impacto Ambiental para Galicia;

Decreto 327/1991, de 4 de octubre, de Evaluación

de Efectos Ambientales para Galicia; artículos 53

y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del

Sector Eléctrico; los Decretos 2617/1966, sobre

autorización de instalaciones eléctricas; 2619/1966,

sobre expropiación forzosa y sanciones en material

de instalaciones eléctricas, aplicación al presente

expediente según lo establecido en la disposición

transitoria primera de dicha Ley, en relación con

la disposición transitoria undécima del Real Decreto

1955/2000; artículo 25 de la Ley 10/1995, de

Ordenación del Territorio de Galicia, y Decreto

205/1995, por el que se regula el aprovechamiento

de la energía eólica en la Comunidad Autónoma

de Galicia, se ha sometido a información pública

la solicitud de la empresa "Norvento, Sociedad

Limitada" para el estudio ambiental, autorización

administrativa, declaración de utilidad pública, que

llevará consigo la urgente ocupación de los bienes

y derechos afectados, y aprobación del proyecto

de ejecución y del proyecto sectorial de las

instalaciones que comprende el proyecto de parque

eólico Fiouco, con las siguientes características:

Peticionario: "Norvento, Sociedad Limitada",

Ribadeo, 2, entresuelo, 27002 Lugo.

Situación: Ayuntamiento de Abadín (Lugo).

Características técnicas del parque eólico:

Número de aerogeneradores: 19.

Potencia nominal unitaria: 1300 kW.

Potencia total instalada: 24,7 MW.

Tipo de aerogenerador: MADE AE-62 o similar.

Producción neta anual estimada: 71.193 MWh/año.

Presupuesto total: 2.702.489.361 pesetas.

Características técnicas de la infraestructura

eléctrica de generación, transformación e interconexión:

Diecinueve aerogeneradores tipo MADE AE-62

o similar de 1.300 kW de potencial nominal unitaria.

Diecinueve centros de transformación de 1.500

kVA de potencia unitaria y relación transformación

0,69/20 kV, instalados unitariamente en interior de

torre aerogenerador con su correspondiente

aparamenta de seccionamiento, maniobra y protección.

Líneas de media tensión subterráneas para

evacuación de energía a 20 kV, interconexión entre

centros de transformación y subestación

transformadora 20/132 kV del vecino parque eólico de

Montouto.

Adecuación de la subestación transformadora

20/132 kV del vecino parque eólico de Montouto

para recepción de las líneas de media tensión

subterráneas procedentes del parque eólico de Fiouco,

incorporando los correspondientes equipos de

control, seccionamiento, maniobra, medida y

protección.

Afecciones a fincas particulares:

Uno.-Las afecciones incluidas en el anexo

designadas como: "Plataforma" implican la superficie de

ocupación de pleno dominio de los terrenos

afectados.

Dos.-Las afecciones incluidas como "Camino"

y "Serv. Elect.", implican servidumbre de paso que

lleva consigo la construcción de caminos y

canalizaciones enterradas con las siguientes limitaciones

de dominio permanentes:

1. Prohibición de efectuar cualquier tipo de

obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o

perjudicar el buen funcionamiento de las

instalaciones.

2. Servidumbre de paso subterráneo

comprendiendo la ocupación del subsuelo por las líneas

eléctricas.

3. Derecho de libre paso o acceso del personal

para mantener, renovar o reparar las instalaciones.

Tres.-Las afecciones incluidas como "Serv. vuelo"

implican servidumbre de paso, que lleva consigo

las siguientes limitaciones de dominio permanente:

1. Prohibición de situar obstáculos

(construcciones, arbolados, postes...), o efectuar plantación

de especies arbóreas.

Lo que se hace público para conocimiento general

y de los propietarios de las fincas y demás titulares

afectados que no llegaron a un acuerdo con la

entidad solicitante, y que figuran en el anexo de la

citada resolución, a como a las personas que siendo

titulares de derechos reales o intereses económicos

sobre los bienes afectados fuesen omitidos, para que

puedan examinar el proyecto y presentar sus

objeciones o alegaciones al mismo, en el plazo de treinta

días, en esta Delegación Provincial sita en edificio

administrativo Ronda da Muralla, 70, Lugo 27071.

Es de significar que esta publicación se realiza

igualmente para los efectos determinados por el

artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

cuando los interesados sean desconocidos, se ignore

el lugar de notificación o bien, intentada la

notificación, no se pudiese realizar.

Lugo, 18 de julio de 2001.-El Delegado

provincial, Jesús Bendaña Suárez.-&41.417.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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