Ante el vencimiento de la garantía del fondo de
inversión "CRV Eurobolsa Garantizado, F. I. M.",
el próximo día 28 de septiembre de 2001, el Fondo
va a contar con una nueva garantía por parte del
"Caja Rural Vasca, Sociedad Cooperativa de
Crédito", que se iniciará, aproximadamente, el 30 de
octubre de 2001, con un plazo de duración
ligeramente superior a dos años y nueve meses (a
expensas de establecer las condiciones definitivas según
la situación de mercado a dicha fecha), se prevee
tomar el índice Dow Jones Eurostoxx 50 Index.
Se garantizará el valor inicial (entendiendo como
valor inicial el valor de la participación a 30 de
octubre de 2001), más un porcentaje aproximado
del 70 por 100 de la revalorización media mensual
del "Índice". Como media mensual se entenderá
la calculada tomando una muestra mensual del
índice en el caso de que este supere al del inicio y
sustituyéndola por el valor inicial en el caso de que
sea inferior.
En consecuencia se va a proceder a la
modificación de la política de inversiones de la
institución, recogida en el capítulo IV, así como las
comisiones de gestión, depositaría, suscripción y
reembolso de participaciones, recogidas en el
capítulo II y III del folleto a partir de la fecha de
inscripción del folleto actualizado en el
correspondiente registro de la CNMV.
Las modificaciones que con respecto a la política
de inversiones se pretenden incluir tienen por
objetivo recoger las características de la nueva estrategia
del fondo, con similar filosofía de su etapa anterior
pero con las condiciones del mercado actual.
La comisión de gestión se establecerá en el 1,1
por 100 sobre el patrimonio, y la comisión de
depositaría en el 0,15 por 100 sobre el patrimonio
efectivo. Está previsto también establecer una comisión
de suscripción o reembolso, dado el carácter de
fondo garantizado, del 5 por 100 sobre el importe
reembolsado o suscrito a partir del comienzo de
la garantía y durante el primer año de vida de la
misma, pasando a ser esta del 2,5 por 100 a partir
del primer año y hasta el final de la garantía, siendo
las mismas desde el vencimiento de la garantía hasta
la constitución de esta nueva del 0 por 100.
Dichas modificaciones entrarán en vigor el día
de la inscripción del nuevo folleto se inversión del
fondo en el registro administrativo de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores y, en cualquier
caso, no antes de un mes desde el envío del presente
escrito.
Dados todos los cambios anteriores le
recordamos su derecho de separación y en consecuencia
la posibilidad de solicitar el reembolso de sus
participaciones sin aplicación de comisiones de
reembolso, y sin gasto alguno. El plazo durante el cual
podrán ejercitar este derecho es de un mes a partir
de la recepción de este escrito, y se realizará por
el valor liquidativo del día en que se produzca la
inscripción de la presente actualización en el registro
de la Comisión Nacional del Mercado de Valores,
de acuerdo con la Circular 1/1999, de la CNMV.
Bilbao, 28 de agosto de 2001.-Víctor Tomé,
Gerente de CREDIGES.-45.063.
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