Con fecha 13 de diciembre de1991, la Secretaría
de Estado de Industria dictó resolución concediendo
una subvención en base al expediente referenciado
por importe de 8.500.000 pesetas para el proyecto
denominado "Desarrollo de nuevas tecnologías de
proceso y mejora tecnológica para la producción
de nuevo artículo alternativo a la piel animal". Dicha
subvención fue pagada anticipadamente previa la
presentación del correspondiente resguardo de
depósito en aval bancario.
La Resolución se dictó al amparo de lo previsto
en la Orden de 10 de mayo de 1991 ("Boletín Oficial
del Estado" del 17) por la que se aprueban las bases
reguladoras y la convocatoria para la concesión de
ayudas en relación con el plan de actuación
tecnológico industrial.
La empresa no presentó la justificación de haber
realizado la inversión cuyo plazo finalizaba el 31
de diciembre de 1992, por lo que, mediante escrito
de fecha 17 de octubre de 1994, se le notificó la
correspondiente liquidación del principal más los
intereses de demora.
Con fecha 12 de junio de 1995, la Dirección
General de Industria, por delegación del Secretario
de Estado de Industria, dictó Resolución revocando
dicha subvención, la cual fue notificada debidamente
a la empresa con fecha 14 de junio de 1995.
No habiéndose realizado el ingreso de la deuda
en la Delegación de Hacienda de la provincia, se
solicitó el inicio de expediente de reintegro a la
Dirección General del Tesoro y Política Financiera
del Ministerio de Economía y Hacienda en fecha 16
de noviembre de 1995.
Por escrito de la Agencia Tributaria de la
Delegación Especial de Cataluña de 8 de agosto de 2000,
se nos insta a que procedamos a la incautación
y ejecución del aval mencionado anteriormente.
Se comunica que, desde el día siguiente a la
recepción de este escrito, se inicia el plazo de quince
días hábiles para el trámite de audiencia, en el que
el beneficiario podrá formular alegaciones y
presentar los documentos que procedan. Una vez
transcurridos el mismo y a la vista de la documentación
aportada, si procede se ordenará la citada
incautación y ejecución del aval.
Madrid, 4 de septiembre de 2000.-El Director
general de Política Tecnológica, Arturo González
Romero.-&47.525.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid