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Documento BOE-B-2001-236124

Resolución de 30 de julio de 2001 por la que se acuerda la baja en el Registro Oficial de Empresas Pesqueras en países terceros de la sociedad mixta "África Peche, Sociedad Anónima de Responsabilidad Laboral", y la devolución de la ayuda financiera concedida a doña Isabel Contreras Santana por la constitución de dicha sociedad mixta.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 2 de octubre de 2001, páginas 10621 a 10621 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2001-236124

TEXTO

Notificación a doña Isabel Contreras Santana de

la resolución de 30 de julio de 2001 por la que

se acuerda la baja en el Registro Oficial de Empresas

Pesqueras en países terceros de la sociedad mixta

"África Peche, Sociedad Anónima de

Responsabilidad Laboral", y la devolución de la ayuda financiera

concedida a doña Isabel Contreras Santana por la

constitución de dicha sociedad mixta.

Al no haberse podido practicar en el domicilio

que consta en las actuaciones, por el presente, se

notifica a doña Isabel Contreras Santana, que por

la Secretaría General de Pesca Marítima, y en el

expediente RAI/SM/042-95, se ha dictado

resolución cuya parte dispositiva dice:

Resuelvo dar de baja en el Registro Oficial de

Empresa Pesqueras en países terceros a la empresa

mixta "África Peche, Sociedad Anónima de

Responsabilidad Laboral", y el reintegro al Tesoro

Público de 48.554.946 pesetas percibidas por doña Isabel

Contreras Santana, en virtud de resolución de 21

de julio de 1998, con motivo de constitución de

una sociedad mixta en Gabón.

Se requiere a doña Isabel Contreras Santana, para

que, en el plazo de un mes, reintegre al Tesoro

Público la cantidad de 48.554.946 pesetas.

Contra la presente resolución, que agota la vía

administrativa, podrá recurrirse, potestativamente,

en reposición ante el excelentísimo señor Ministro

de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo

de un mes, contado a partir del día siguiente a

aquel en que tenga lugar su notificación, o ser

impugnada directamente ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el

plazo de dos meses, también contados desde el día

siguiente al de su notificación, advirtiendo que no

se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o

se haya producido la desestimación presunta del

recurso de reposición, si se hubiera interpuesto, todo

ello conforme a lo ordenado en el artículo 116 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, con la redacción

dada por la Ley 4/1999; Ley 6/1997, de 14 de

abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado; Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y Ley Orgánica 6/1998, de

13 de julio, de Reforma de la Ley Orgánica del

Poder Judicial.

Madrid, 30 de julio de 2001.-El Secretario general

de Pesca Marítima, Samuel Juárez Casado.

Madrid, 10 de septiembre de 2001.-El Secretario

general de Pesca Marítima.-48.262.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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