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Documento BOE-B-2001-249163

Resolución de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles por la que se anuncia la declaración de innecesariedad de diversos inmuebles.

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 2001, páginas 11106 a 11106 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles
Referencia:
BOE-B-2001-249163

TEXTO

El Consejo de Administración de RENFE, en

el uso de las facultades que le confiere su vigente

Estatuto, aprobado por Real Decreto de 28 de enero

de 1994, ha declarado innecesarios para la

prestación del servicio ferroviario los inmuebles que a

continuación se describen:

Urbana. Parcela de terreno en el término

municipal de Huelva, situada entre los puntos

kilométricos 2/603 al 2/653 de la línea Huelva-Ayamonte

(ambos lados de la vía), tiene forma rectangular,

con una extensión superficial de cuatrocientos

cincuenta metros cuadrados (450 m2), y los siguientes

linderos:

Norte: Terrenos de RENFE (finca registral

número 55.715).

Sur: Terrenos de Obras Públicas (rotonda de

Cardeña).

Este: Terrenos de RENFE (línea de ferrocarril

levantada y desmantelada Zafra-Huelva).

Oeste: Salinas abandonadas (concesionario don

José Luis de la Corte Amo).

Urbana. Parcela de terreno sita en el término

municipal de Barberá del Vallés (Barcelona), de

procedencia del Manso "Gorch-Lladó", con una

superficie de cuatrocientos metros cuadrados (400 m2),

y los siguientes linderos:

Norte: Señor Esquerré o sucesores.

Sur: Calle en proyecto.

Este: Señor Esquerré o sucesores.

Oeste: Calle en proyecto.

La descrita finca fue adquirida por título de

expropiación forzosa a don Arcadio Merino Fernández.

Urbana. Parcela de terreno sita en el término

municipal de Barberá del Vallés (Barcelona), de

procedencia del Manso "Gorch-Lladó", con una

superficie de cuatrocientos sesenta y dos metros

cuadrados (462 m2), y los siguientes linderos:

Norte: Calle en proyecto.

Sur: Doña Montserrat Llach o sucesores.

Este: Don Víctor Esquerré o sucesores y don

Pedro Carrasco.

Oeste: Don José Saladie o sucesores.

La descrita finca fue adquirida por título de

expropiación forzosa a don Antonio Zolle y doña María

Teresa Ares.

Urbana. Parcela de terreno sita en el término

municipal de Barberá del Vallés (Barcelona), con

una superficie de trescientos sesenta y un metros

cuadrados (361 m2), y los siguientes linderos:

Norte: Don Cristóbal López y doña Teresa Ruiz.

Sur: Calle en proyecto.

Este: Don Antonio Teruel o sucesores.

Oeste: Don José Rodrigo Debón.

La descrita finca fue adquirida por título de

expropiación forzosa a doña Teresa Rodeller López.

Urbana. Parcela de terreno sita en el término

municipal de Barberá del Vallés (Barcelona), con

una superficie de mil trescientos setenta y ocho

metros cuadrados (1.378 m2), y los siguientes

linderos:

Norte: Don Bartolomé Torrente o sucesores.

Sur: Viuda de Ginesta o sucesores.

Este: Doña Rosa y doña Enriqueta Sanahuja o

sucesores.

Oeste: Calle en proyecto y don Víctor Esquerré.

La descrita finca fue adquirida por título de

expropiación forzosa a don Francisco y don José Luque

Bullón.

Urbana. Parcela de terreno sita en el término

municipal de Barberá del Vallés (Barcelona), con

una superficie de quinientos metros cuadrados

(500 m2), y los siguientes linderos:

Norte: Calle en proyecto.

Sur: Doña Dolores Garré.

Este: RENFE, antes viuda de Ginesta.

Oeste: Camino y don Francisco Carrasco.

La descrita finca fue adquirida por título de

expropiación forzosa a doña Dolores Garré Carrasco.

El tiempo transcurrido desde la adquisición de

alguno de estos inmuebles y, asimismo, los avatares

de todo tipo acontecidos desde entonces,

imposibilitan materialmente la notificación individualizada

a los titulares de posibles derechos, por lo que

procede realizar dicha notificación de forma pública,

de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.4 de

la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, de 26 de noviembre de 1992, en la nueva

redacción recogida en la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público a efectos de dar

cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 54 y 55

de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de

diciembre de 1954, en su nueva redacción dada por la

Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación

de la Edificación, y en el artículo 65 de su

Reglamento de 26 de abril de 1957. Las solicitudes

deberán formularse mediante instancia dirigida al Excmo.

Sr. Ministro de Fomento, Dirección General de

Ferrocarriles, Servicio de Reversiones, dentro del

plazo de tres meses, contados a partir de la fecha

de su publicación.

Madrid, 1 de octubre de 2001.-El Director

Gerente de la U. N. de Patrimonio y Urbanismo, Beltrán

Caruana Velázquez.-51.224.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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