Con fecha 13 de septiembre de 2001, por el
Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se
dictó Acuerdo, a los efectos previstos en el
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954, por el que se declaran de
urgente ocupación los bienes y derechos afectados
por las obras del proyecto correspondiente al
expediente de referencia.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada, y en uso de las atribuciones que me han
sido conferidas por las disposiciones vigentes
resuelvo hacer pública la convocatoria a los propietarios
de los bienes y derechos afectados por las obras
del proyecto de construcción de colector y EDAR de
Gargantilla de Lozoya, en el término municipal
de Gargantilla de Lozoya, correspondiente al
expediente expropiatorio número 552, para que en los
días y horas establecidos comparezcan en el
Ayuntamiento de Gargantilla de Lozoya, al objeto de
proceder al levantamiento de las actas previas a
la ocupación con traslado, en su caso, a las fincas
afectadas para la toma de datos, si fuera necesario.
Las operaciones podrán continuarse en días y
horas posteriores, si fuera preciso, bastando a tal
efecto el anuncio verbal en la jornada de que se
trate y con ocasión del levantamiento de la última
acta que se extienda, haciéndose saber públicamente
a los asistentes.
A dicho acto deberán asistir los afectados
personalmente o bien representados por persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su titularidad,
último recibo de la contribución y certificado
catastral, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo
estiman oportuno, de Perito y Notario.
Según lo dispuesto en el artículo 24 del referido
texto legal, durante el transcurso del acto se
procederá a convenir, si procede, la adquisición de los
bienes y derechos afectados, por mutuo acuerdo.
En caso de que dicho convenio no pueda ser
alcanzado, transcurridos quince días, se seguirá el
procedimiento legalmente establecido al efecto.
Los interesados, así como las personas que, siendo
titulares de derechos reales o intereses económicos,
se hayan podido omitir en la relación, podrán
formular, mediante escrito dirigido a la Consejería de
Medio Ambiente, Secretaría General Técnica, calle
Princesa, 3, 28008 Madrid, y hasta el día señalado
para el levantamiento de actas previas, cuantas
alegaciones estimen oportunas, a los efectos de
subsanar los posibles errores que se hayan podido
producir al relacionar los bienes y derechos que se
afectan a tal fin, para lo cual tendrán a su disposición
los planos parcelarios correspondientes en el Canal
de Isabel II, División de Expropiaciones, calle Santa
Engracia, 108, y en el Ayuntamiento antes
mencionado.
Asimismo, la presente publicación se hace a los
efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 25 de septiembre de 2001.-La Secretaria
general técnica, María Pascual Medrano.-&50.535.
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