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Documento BOE-B-2001-254161

Anuncio del Subdirector general de Regulación de Servicios Postales sobre resolución del procedimiento sancionador en materia de servicios postales UOP/AJ-PS 9/2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 2001, páginas 11304 a 11304 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2001-254161

TEXTO

Al desconocerse el domicilio actual de la empresa

Red Tourline, procede acudir al medio de

notificación previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999,

de 13 de enero. En consecuencia, a continuación,

se transcribe, a efectos de notificación, extracto de

la Resolución de 28 de septiembre de 2001, del

señor Subsecretario, recaída en el mencionado

procedimiento sancionador y en virtud de la previsión

contenida en el artículo 61 de la misma Ley, no

se incluye el citado texto en su integridad:

Declarar a la empresa "Red Tourline, Sociedad

Limitada", CIF B-81401366, con domicilio en

Coslada (Madrid), calle Juan de Villanueva, número

6, posterior, naves 9 y 10, responsable de la comisión

de una infracción administrativa de carácter grave,

prevista en el artículo 41.3.a) en relación con el

artículo 41.2.c) de la Ley 24/1998, de 13 de julio,

y se le impone la sanción de multa de un millón

una (1.000.001) pesetas, en su cuantía mínima,

según lo dispuesto en el artículo 42.1 de la

mencionada norma.

Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, cabe interponer, conforme a los

artículos 107.1, 116 y 117.1 de la referida Ley

30/1992, recurso potestativo de reposición ante este

mismo Órgano, en el plazo de un mes a contar

desde el día siguiente a su recepción o, directamente

recurso contencioso administrativo ante la Sala de

lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia del domicilio de esa empresa, o

el de Madrid, a elección del demandante, en el

plazo de dos meses contados a partir del día

siguiente a la notificación, según los artículos 10.1.j), 14

y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 116

de la Ley 30/1992.

La sanción impuesta puede hacerse efectiva en

el plazo de un mes a partir de la recepción de

la presente notificación, mediante cheque a nombre

del Tesoro Público y cruzado al Banco de España,

en la Dirección General del Tesoro y Política

Financiera o en las Delegaciones de Economía y

Hacienda, indicando en la carta de pago la referencia del

procedimiento sancionador UOP/AJ-PS 9/2001,

con la advertencia que de no ser satisfecha la deuda

en el período voluntario, ni dándose la circunstancia

que, según la legislación vigente, establezca la

suspensión de la misma, se exigirá en vía ejecutiva,

incrementada con el recargo de apremio y, en su

caso, los correspondientes intereses de demora.

Madrid, 10 de octubre de 2001.-El Subdirector

general de Regulación de Servicios Postales, P. A.,

el Jefe del Área Jurídica, Carlos L. Crespo

Martínez.-&51.075.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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