En uso de las atribuciones que me han sido
conferidas por las disposiciones vigentes dispongo:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa de los bienes y derechos afectados por el
proyecto de construcción de colector y estación
depuradora de aguas residuales (EDAR) en Pezuela
de las Torres, en el mismo término municipal, en
el que la entidad beneficiaria es el Canal de Isabel II.
Segundo.-Someter a información pública durante
el plazo de quince (15) días, a los efectos previstos
en los artículos 17.1, 18 y 19 de la Ley de
Expropiación Forzosa, la relación de bienes y derechos
afectados por el mismo.
La relación de bienes y derechos afectados podrá
examinarse durante el mencionado plazo, contado
a partir del siguiente a la publicación de esta Orden
en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid",
en la División de Expropiaciones del Canal de
Isabel II, calle Santa Engracia, número 108, de nueve
a catorce horas, y en el Ayuntamiento de Pedrezuela
de las Torres.
Durante dicho período, las personas afectadas por
la expropiación y cualesquiera otras interesadas
podrán formular cuantas alegaciones estimen
oportunas, mediante escrito dirigido a la Consejería de
Medio Ambiente, Secretaría General Técnica, calle
Princesa, número 3, 28008 Madrid, y presentado
en la forma establecida en el artículo 38.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común. De igual modo,
se podrán presentar las alegaciones que tengan por
fin subsanar posibles errores en la descripción
material o legal de las fincas afectadas.
La presente publicación se hace, asimismo, a los
efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, en cuanto a posibles
afectados desconocidos o de ignorado domicilio.
Madrid, 25 de septiembre de 2001.-El Consejero
de Medio Ambiente, Pedro Calvo Poch.-&50.922.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid