Contido non dispoñible en galego
Por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 3
de agosto de 2001 ("Boletín Oficial del Estado"
de 10 de septiembre) ha sido declarada, en concreto,
de utilidad pública, la línea eléctrica aérea a 400 kV,
doble circuito, Trillo-Calatayud este, con entrada
y salida en las subestaciones de Medinaceli y Terrer.
Dicha declaración, en concreto, de utilidad
pública, en virtud de lo establecido en el artículo 54
de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, lleva implícita en todo caso, la necesidad
de ocupación de los bienes o de adquisición de
los derechos afectados e implica la urgente
ocupación de los bienes y derechos necesarios para
su establecimiento, a los efectos del artículo 52 de
la Ley de Expropiación Forzosa.
En cumplimiento y ejecución del citado artículo
52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca
a los propietarios y titulares de los bienes y derechos
afectados, cuya relación concreta e individualizada
se acompaña a la presente, para que el día, lugar
y hora que en la misma se expresa comparezcan
en el correspondiente Ayuntamiento, al objeto de
proceder al levantamiento de las actas previas a
la ocupación, con traslado posterior a la finca, si
fuese necesario.
A dicho acto deberán asistir por sí mismos o
representados por persona debidamente autorizada,
aportando el documento nacional de identidad,
los documentos acreditativos de su titularidad y el
último recibo del impuesto sobre bienes inmuebles,
pudiéndose acompañar, a su costa, de Perito o
Notario, si lo estiman oportuno.
De acuerdo con el artículo 56.2 del vigente
Reglamento de Expropiación Forzosa, los titulares y
demás interesados podrán formular, por duplicado,
ante esta Delegación Provincial de Industria y
Trabajo, sita en la calle Federico García Lorca, número
14, 19071 Guadalajara, cuantas alegaciones estimen
oportunas, a los solos efectos de subsanar los
posibles errores que se hayan podido padecer al
relacionar los bienes y derechos afectados por
imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica
con el alcance y efectos previstos en el artículo
56 de la citada Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.
Las características y demás datos de las afecciones
y convocatoria son las que figuran en la relación
adjunta, con independencia de la notificación por
cédula, que en los mismos términos se practica a
los afectados.
En el expediente expropiatorio "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima", asume la condición
de entidad beneficiaria.
Asimismo, la presente publicación se realiza a los
efectos de notificación previstos en el apartado 4.o
del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Guadalajara, 10 de octubre de 2001.-El Delegado
Provincial de Industria y Trabajo, Luis Santiago
Tierraseca.-52.366.
Convocatoria al levantamiento de actas previas a la ocupación. Línea eléctrica aérea a 400 kV, doble circuito, Trillo-Calatayud este, con entrada y salida en las subestaciones de Medinaceli y Terrer
(ver imagen página 11367).
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid