Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Cádiz, a instancia de "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", con domicilio en La
Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los
Gaitanes, número 177, solicitando la autorización
administrativa de la ampliación y modificación de
la subestación arriba citada.
Resultando que de conformidad con lo previsto
en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, se ha sometido a información pública
la petición de "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima", no habiéndose presentado alegación ni
oposición alguna al proyecto durante el plazo
reglamentariamente establecido.
Resultando que enviada separata del proyecto al
Ayuntamiento de San Roque (Cádiz), en cuyo
término municipal radica la subestación, a fin de que
establezca los condicionados que estime oportunos,
éste manifiesta que al tratarse de obras que se
realizan dentro de la propia subestación no afectan
a bienes, instalaciones o servicios dependientes del
Ayuntamiento.
Visto el informe emitido por la Comisión
Nacional de Energía, aprobado en su Consejo de
Administración de fecha 31 de julio de 2001.
Considerando que se han cumplido los trámites
establecidos en el capítulo II del título VII del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto autorizar a "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima", la ampliación y
modificación de la subestación a 400 kV de "Pinar del
Rey", en el término municipal de San Roque
(Cádiz), que consiste básicamente en:
Instalación de un nuevo banco de transformación
400/220/33 kV de 600 MVA que se denominará
AT1.
Equipar la Calle 3 para ubicar las nuevas
posiciones de línea Puerto de la Cruz y el circuito 2
de la central de ciclo combinado de Campo de
Gibraltar, propiedad de "Nueva Generadora del Sur,
Sociedad Anónima".
Reformar la actual posición de Auto AT2,
eliminando las barras piloto y el pórtico de la actual
unidad de la Fase 0, con el fin de liberar la salida
de línea del lado sur de la Calle 3.
En la Calle 4 se adecuará la posición existente
para recibir la nueva línea Tajo de la Encantada 2
y se construirá una nueva llegada de línea en la
salida del lado sur para recibir el circuito 1 de la
línea procedente del Campo de Gibraltar.
Dos casetas en las que se dispondrán los sistemas
de protección y servicios auxiliares.
Obra civil necesaria para soporte de estructuras
metálicas, de aparellaje y pórticos de amarre de
línea. Canalizaciones para el tendido de los cables
de control, drenajes y viales interiores.
Aparamenta: Se instalarán interruptores,
seccionadores, bobinas de bloqueo, transformadores de
intensidad y de tensión, pararrayos autoválvulas,
aisladores soporte de barras generales, aisladores,
sistema exterior de servicios auxiliares de 33 kV,
sistemas de comunicación por onda portadora, fibra
óptica y de telefonía interna, sistema de alumbrado
y fuerza en exterior y redes de tierras.
Las posiciones correspondiente a la Calle 3 de
la Barra 2, y a la Calle 4 de la Barra 2, cada una
con su aparamenta asociada, según el proyecto de
ejecución (interruptor y medio en ambos casos),
deberán ser costeadas por los promotores de la
nueva central generadora, quedando excluidas a los
efectos económicos del Real Decreto 2819/1998, de
23 de diciembre, excepto los costes de operación
y mantenimiento.
La finalidad de la ampliación y modificación de
la subestación es permitir el acceso a la red de
transporte de los distintos agentes que lo han
solicitado, y potenciar la capacidad de transporte,
reforzando la interconexión de los nudos de la zona
con los de otras áreas.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la
Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de
la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del
Estado.
Madrid, 10 de septiembre de 2001.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.-&51.803.
Área de Industria y Energía. Subdelegación del
Gobierno. Cádiz.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid