Notificación a don Constantino Domínguez
Rodríguez y doña Mercedes Albaa Cerdeira de fallo
dictado por el Tribunal Económico-Administrativo
Central, en el expediente RG 2111/98, por
aplicación de lo dispuesto en el artículo 86 del
Reglamento de Procedimiento en las Reclamaciones
Económico-Administrativas.
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente se
notifica a don Constantino Domínguez Rodríguez
y doña Mercedes Albaa Cerdeira que por el Tribunal
Económico-Administrativo Central, y en el
expediente RG 2111/98, seguido a su instancia, por renta
de las personas físicas, se ha dictado Resolución
en sesión del día 20 de julio de 2001, cuya parte
dispositiva dice lo siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, conociendo la reclamación
económico-administrativa promovida por don Constantino
Domínguez Rodríguez y doña Mercedes Albaa
Cerdeira, contra requerimiento de información de la
Unidad Central de Información de fecha 10 de
marzo de 1998, acuerda: Declarar inadmisible la
reclamación económico-administrativa interpuesta."
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta Resolución, definitiva en
vía económico-administrativa, puede interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional en el plazo de dos meses, a contar del
día siguiente a la fecha de esta notificación.
Madrid, 27 de septiembre de 2001.-María de Rus
Ramos Puig.-&52.153.
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