Está Vd. en

Documento BOE-B-2001-260239

Resolución de la Dirección General de Estructuras y Mercados Pesqueros, de 27 de septiembre de 2001, por la que se concede el reconocimiento a la Organización Nacional de Productores de Ostra y Almeja (ONPROA).

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 30 de octubre de 2001, páginas 11609 a 11609 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2001-260239

TEXTO

Hechos

Primero.-Con fecha 3 de septiembre de 2001,

el representante legal de la "Organización Nacional

de Productores de Ostra y Almeja" formuló solicitud

de reconocimiento como organización de

productores pesqueros.

Segundo.-En el procedimiento administrativo

iniciado para verificar si procede o no otorgar el

reconocimiento solicitado, se procedió a emitir el

correspondiente informe técnico, que se incorporó al

expediente.

Fundamentos de Derecho

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas;

el Real Decreto 1778/1994, de 5 de agosto, de

adecuación a la Ley 30/1992 de las normas

reguladoras de los procedimientos de otorgamiento,

modificación y extinción de autorizaciones; el

Reglamento (CE) 2939/94, de 2 de diciembre, por el

que se establecen las disposiciones de aplicación

del Reglamento 105/76, relativo al reconocimiento

de las organizaciones de productores en el sector

pesquero, modificado por el Reglamento (CE)

1762/96; la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca

Marítima del Estado; el Real Decreto 1429/1992,

de 27 de noviembre, por el que se regulan las

organizaciones de productores de la pesca y sus

asociaciones, modificado por el Real Decreto

1189/1998, de 12 de junio, así como las

disposiciones de carácter general,

Primero.-El artículo 55, número 1, letra b), de

la Ley 3/2001, establece que corresponderá al

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación otorgar

el reconocimiento en los casos en que la producción

de la organización de productores no pertenezca

principalmente a una sola Comunidad Autónoma,

a través de la Dirección General de Estructuras

y Mercados Pesqueros, en virtud del artículo 13

del Real Decreto 1282/2000, de 30 de junio.

Segundo.-Una de las condiciones que debe reunir

una organización de productores para obtener el

reconocimiento es justificar una actividad

económica suficiente, según contempla la letra a) del

párrafo primero del apartado 1 del artículo 2 del

Reglamento (CEE) 105/76, modificado por el

Reglamento (CEE) 2939/94 y por el Reglamento

(CEE) 1726/1996.

Dicha actividad queda cumplida en el caso de

las producciones acuícolas, se da salida, al menos,

al 25 por 100 de la producción de su ámbito

territorial, siendo éste el criterio que se establece en el

artículo 2, apartado 3, del Real Decreto 1429/1992,

modificado por el Real Decreto 1189/1998,

condición que cumple (ONPROA) y acredita con la

documentación presentada.

Tercero.-También ha acreditado que reúne los

demás requisitos exigidos en la legislación vigente.

En virtud de lo expuesto, esta Dirección General

resuelve:

Primero.-Conceder el reconocimiento a la

Organización Nacional de Productores de Ostra y Almeja

(ONPROA) como organización de productores de

la pesca, con ámbito de actuación referido a todo

el territorio nacional y encuadrada dentro del tipo

de pesca "acuicultura".

Su actividad es la producción y comercialización,

en estado fresco, de ostra y almeja.

Segundo.-Inscribirla en el Registro General de

Organizaciones de Productores Pesqueros existente

en esta Dirección General, con el código y número

siguiente: OPP-54.

Contra la presente Resolución que agota la vía

administrativa cabe interponer recurso potestativo

de reposición en el plazo de un mes, o impugnarla

directamente en el orden jurisdiccional

contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses.

Madrid, 27 de septiembre de 2001.-El Director

general, Jesús Varela.-52.302.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid