Don Antonio Morente Cebrián, Jefe de Sección
de Recaudación del Ayuntamiento de Málaga,
Hace saber: Que en los expedientes de apremio
que se instruyen en esta recaudación municipal
contra los deudores que más abajo se relacionan por
débitos a la hacienda municipal por los importes
que se indican, en concepto de principal, recargo
de apremio y costas, se dictó con fecha de hoy
la siguiente:
"Providencia: De conformidad con lo dispuesto
en el artículo 146 del Reglamento General de
Recaudación y autorizada por el señor tesorero del
excelentísimo Ayuntamiento de Málaga la enajenación
de los bienes embargados a los deudores abajo
relacionados, procédase a la celebración de la subasta
de los mismos el próximo día 27 de noviembre
de 2001, a las diez horas treinta minutos, en las
dependencias de la Policía Local, sitas en la avenida
de la Rosaleda, sin número, observándose en su
tramitación y realización lo preceptuado en los
artículos 146, 147 y 148 del Reglamento General de
Recaudación.
Notifíquese esta providencia al deudor y demás
personas interesadas, y anúnciese por medio de
edictos en el "Boletín Oficial del Estado" y demás sitios
reglamentarios."
Y en cumplimiento de dicha providencia se
publica el presente edicto convocando a los licitadores,
advirtiéndose a quienes deseen tomar parte en la
subasta lo siguiente:
Primero.-Los bienes embargados a enajenar, y
los deudores son los que seguidamente se relacionan:
A) "Club el Candado, Sociedad Anónima". CIF:
A29.005.550. Importe débitos: 23.088.045 pesetas.
Bien embargado: Inmueble.
Urbana: Explotación industrial sita en el partido
de Gálica, término municipal de Málaga, dedicada
a la práctica del deporte aficionado, constituida por
las edificaciones y parcelas, dependientes entre sí,
que se describen a continuación y constituyen una
unidad orgánica:
Uno. A) Edificio en tres plantas destinado a
fábrica de hielo y garaje en su planta baja, vestuarios
para el servicio en su primera planta, y los
apartamentos destinados a empleados en su tercera
planta, con una superficie de 145 metros cuadrados.
B) Un edificio de dos plantas destinado a club,
con vestuarios, porche de ping-pong, hall de entrada,
oficinas, economatos y dependencias de la cocina
en su planta baja, con superficie de 387 metros
cuadrados, y servicios sanitarios, salón de lectura,
sala de juego, galerías, bar americano con su oficio,
salón-comedor con su oficio y pastelería, en la
primera planta, con una superficie de 698 metros
cuadrados.
C) Tres piscinas, una de ellas olímpica, de
50 ^ 18, con su torre de trampolines.
D) Edificio destinado a bar americano para el
servicio de las piscinas, en su planta baja, y
maquinaria para depuración del agua de las piscinas, en
su sótano, con una superficie de 81 metros
cuadrados.
E) Tres pistas de tenis con sus cercas metálicas.
Dichas construcciones se han verificado sobre la
parte de terreno procedente del predio rústico tres
denominado "El Candado", sita en el partido de
Gálica, término municipal de Málaga, que mide
20.324 metros cuadrados, y linda: Por el norte, en
línea de 98 metros, con el antiguo camino de Málaga
a Vélez-Málaga; por el sur, en línea de 59 metros,
con la calle de la entrada; por el este, en línea
de 132 metros, con terreno de la finca matriz, en
otra de 17 de metros con parcela propiedad de
don Rafael Canales, en otra de 61 metros, con otra
parcela propia de don Salvador Díaz González, y
en otra de 27 metros, con parcela propiedad de
don Fernando Romero, y por el oeste, en línea
de 187 metros, con avenida de la entrada.
Dos. Una pista de baloncesto y dos pistas de
tenis con sus correspondientes cercas metálicas,
construidas sobre la parcela de terreno procedente
del predio rústico denominado "El Candado", sita
en el partido de Gálica, término municipal de
Málaga. Linda: Por el norte, este y oeste, en una línea
total de 119 metros, con la avenida de la entrada,
y por el sur, en línea de 28 metros, con parcela
perteneciente a la finca matriz de la que ésta se
segregó. Su extensión superficial es de 1.176 metros
cuadrados.
Tres. Parcela de terreno procedente del predio
rústico denominado "El Candado", sito en el partido
de Gálica, término municipal de Málaga. Linda: Por
el norte, en línea de 135 metros con terreno de
don Antonio Ramírez Moreno, y con el camino
viejo de Vélez-Málaga, en línea de 215 metros; por
el sur, en línea de 45 metros, con terrenos de la
finca matriz, y en línea de 6 metros con la calle
Balcón, y por el este y oeste, con más terrenos
de la finca matriz, en líneas de 675 y 810 metros,
respectivamente. Su extensión superficial es de
93.168 metros cuadrados.
Cuatro. Parcela de terreno procedente del
predio rústico denominado "El Candado", sita en el
partido Gálica, término municipal de Málaga. Linda:
Por el norte, en línea de 117 metros con terrenos
de la finca matriz; por el sur, en línea de 117 metros
con el camino viejo de Vélez-Málaga; por el este,
en línea de 142 metros con terrenos propiedad de
doña Dolores Morales del Castillo, y por el oeste,
en línea de 122 metros, con más terrenos de la
finca matriz. Su extensión superficial es de 22.707
metros cuadrados. Esta parcela se halla plantada
con césped apropiado para el deporte de golf, y
tiene instalado el sistema de riego por aspersión
en todo su área.
Cinco. Edificio de dos plantas destinado a club
de golf, con vestuarios para empleados y cuarto
de palos en la planta baja, y bar inglés con sus
oficios, sala de estar, sala de juegos, sala de lectura
y terrazas en primera planta. Este edificio tiene
forma circular y desde su planta baja se asciende por
una escalera de caracol hasta una especie de
minarete de 12 metros de altura que domina el edificio,
el cual ocupa una superficie de 297 metros
cuadrados. En la parte no construida se halla plantada
de césped apropiado para el deporte de golf y tiene
instalado el sistema de riego por aspersión en toda
su área. Dicha construcción se ha verificado sobre
la parcela de terreno procedente del predio rústico
denominado "El Candado", sita en el partido de
Gálica, término municipal de Málaga, que mide
5.232 metros cuadrados, y linda: Al norte, en línea
de 55 metros, con antiguo camino de Vélez-Málaga;
sur y oeste, en línea total de 156 metros, con terrenos
de la finca matriz, y este, en línea de 95, con la
calle denominada de Golf.
Seis. Parcela de terreno procedente del predio
rústico denominado "El Candado", sita en el partido
de Gálica, término municipal de Málaga. Linda por
sus cuatro puntos cardinales con terrenos de la finca
matriz, y su extensión superficial es de 89 metros
cuadrados. Dentro de su perímetro se halla el pozo
conocido por el de Almellones, y están instaladas
en casetas las dos moto-bombas para el riego de
los campos de golf. Tomo 1.092, folio 146, finca
34.705.
Valoración del inmueble: 494.536.320 pesetas.
Tipo de subasta en primera licitación:
494.536.320 pesetas.
Tipo de subasta en segunda licitación:
370.902.240 pesetas.
Valor de la puja: 50.000 pesetas.
Segundo.-Todo licitador deberá constituir ante
la Mesa el preceptivo depósito de garantía que será
al menos del 20 por 100 del tipo de aquélla, con
la advertencia de que dicho depósito se ingresará
en firme en la Tesorería municipal si los
adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin
perjuicio de las responsabilidades en que incurrirán
por los mayores perjuicios que sobre el importe
del depósito origine la inefectividad de la
adjudicación.
Tercero.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de bienes si
se hace el pago de la deuda, intereses y costas del
procedimiento.
Cuarto.-El rematante deberá entregar en el acto
de la adjudicación o dentro de los cinco días
siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el
precio de adjudicación.
Quinto.-Los licitadores podrán enviar o presentar
sus ofertas en sobre cerrado ante la Recaudación
municipal desde el anuncio de la subasta hasta una
hora antes del comienzo de ésta, siendo éstas
registradas por su orden de presentación. Dichas ofertas
que tendrán el carácter de máximas deberán ir
acompañadas de cheque conformado extendido a favor
del "Ayuntamiento de Málaga. Recaudación
ejecutiva municipal".
Sexto.-En el supuesto de concurrencia de varias
ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión
de posturas a partir de la segunda más alta de
aquellas, y será adjudicataria la postura más alta por
el tramo superior a la segunda en el caso de no
existir otras ofertas.
Séptimo.-Caso de quedar desierta la primera
licitación, la Mesa podrá acordar la celebración de
una segunda licitación, anunciándolo de forma
inmediata y admitiendo proposiciones que cubran
el nuevo tipo que será del 75 por 100 del tipo
de subasta en primera licitación. A tal fin se abrirá
un plazo de media hora para que los que deseen
licitar constituyan depósitos que cubran el 20 por
100 del nuevo tipo de subasta de los bienes que
van a ser enajenados, sirviendo al efecto los
depósitos efectuados anteriormente.
Octavo.-En cualquier momento posterior al de
declararse desierta la primera licitación se podrá
iniciar el trámite de adjudicación directa de
conformidad con el procedimiento establecido en el
artículo 150 del Reglamento General de
Recaudación.
Noveno.-Los licitadores habrán de conformarse
con los títulos de propiedad que se hayan aportado
en el expediente , no teniendo derecho a exigir otros,
encontrándose de manifiesto aquellos en la
Recaudación municipal, sita en calle Cuarteles, 33, hasta
un día antes del señalado para la subasta. En el
supuesto de que no estuviesen inscritos los bienes
en el Registro, la escritura de adjudicación es título
bastante mediante el cual se puede efectuar la
inmatriculación en los plazos previstos en el artículo
199.b) de la Ley Hipotecaria, y en todos aquellos
casos en que sea necesario se habrá de proceder,
si les interesa, como dispone el título VI de la
mencionada Ley.
Décimo.-Las cargas y gravámenes anteriores y
preferentes a los embargos efectuados por esta
recaudación quedarán subsistentes sin aplicar a su
extinción el precio del remate.
Undécimo.-Todos los gastos originados por la
adjudicación de los bienes, incluido el Impuesto
sobre el Incremento del Valor de los Terrenos, serán
por cuenta del rematante.
Duodécimo.-En el caso de deudores con
domicilio desconocido la notificación de la subasta se
entenderá efectuada, a todos los efectos legales, por
medio de la publicación del presente edicto, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.6 del
Reglamento General de Recaudación.
Decimotercero.-La Hacienda municipal se
reserva el derecho de pedir la adjudicación de los bienes
que no hubiesen sido objeto de remate conforme
al artículo 158 y siguientes del Reglamento General
de Recaudación.
Decimocuarto.-En todo lo no previsto en el
presente edicto se estará a lo preceptuado en las
disposiciones legales que regulen el acto y confieran
algún derecho a favor de terceros.
Málaga, 10 de octubre de 2001.-El Recaudador
municipal, Antonio Morente Cebrián.-52.119.
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