Con fecha 27 de septiembre de 2001, por el
Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se
dictó Acuerdo, a los efectos previstos en el artículo
52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954, por el que se declaran de urgente
ocupación los bienes y derechos afectados por las
obras del Proyecto correspondiente al expediente
de referencia.
En cumplimiento y ejecución de la disposición
citada, y en uso de las atribuciones que me han
sido conferidas por las disposiciones vigentes:
Resuelvo hacer pública la convocatoria a los
propietarios de los bienes y derechos afectados por
las obras del proyecto "Plan Director de
Saneamiento y Depuración del 100 por 100 de los
municipios de la Comunidad de Madrid, cuenca del
Guadarrama", en el término municipal de Colmenarejo,
correspondiente al expediente expropiatorio número
533, para que en los días y horas establecidos
comparezcan en el Ayuntamiento de Colmenarejo, al
objeto de proceder al levantamiento de las Actas
Previas a la Ocupación con traslado, en su caso,
a las fincas afectadas para la toma de datos si fuera
necesario.
Las operaciones podrán continuarse en días y
horas posteriores, si fuera preciso, bastando a tal
efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate
y con ocasión del levantamiento de la última acta
que se extienda, haciéndose saber públicamente a
los asistentes.
A dicho acto deberán asistir los afectados
personalmente o bien representados por persona
debidamente autorizada para actuar en su nombre,
aportando los documentos acreditativos de su titularidad,
último recibo de la contribución y certificado
catastral, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo
estiman oportuno, de perito y notario.
Según lo dispuesto en el artículo 24 del referido
texto legal, durante el transcurso del acto se
procederá a convenir, si procede, la adquisición de los
bienes y derechos afectados, por mutuo acuerdo.
En caso de que dicho convenio no pueda ser
alcanzado, transcurridos quince días, se seguirá el
procedimiento legalmente establecido al efecto.
Los interesados, así como las personas que siendo
titulares de derechos reales o intereses económicos
se hayan podido omitir en la relación, podrán
formular mediante escrito dirigido a la Consejería de
Medio Ambiente, Secretaría General Técnica, calle
Princesa, número 3, 28008 Madrid, y hasta el día
señalado para el levantamiento de actas previas,
cuantas alegaciones estimen oportunas, a los efectos
de subsanar los posibles errores que se hayan podido
producir al relacionar los bienes y derechos que
se afectan a tal fin, para lo cual tendrán a su
disposición los planos parcelarios correspondientes en
el Canal de Isabel II, División de Expropiaciones,
calle Santa Engracia, número 108, y en el
Ayuntamiento de Colmenarejo.
Asimismo, la presente publicación se hace a los
efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 5 de octubre de 2001.-La Secretaria
general técnica, María Pascual Medrano.-53.742.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid