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Habiéndose observado omisión involuntaria en los
pliegos de prescripciones técnicas del contrato
citado, el Órgano de Contratación ha resuelto modificar
la cláusula novena incluyendo en el equipo mínimo
de profesionales: Un Ingeniero de Caminos, Canales
y Puertos. El resto de la citada cláusula novena
permanecerá invariable.
La presente modificación no afecta a los plazos
previstos para presentación de ofertas que será tal
y como se indicaba en los anuncios de licitación
publicados hasta las trece horas del día 10 de
diciembre de 2001.
Apertura de plicas: A las diez horas del día 14
de diciembre de 2001, en el Palacio Regional.
Santander, 7 de noviembre de 2001.-El
Consejero de Presidencia, Jesús María Bermejo
Hermoso.-55.746.
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