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Documento BOE-B-2001-278135

Resolución del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de 2 de octubre de 2001, por la que se otorga a la empresa "Ecovent Parc Eólic, Sociedad Anónima", la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de un parque eólico y las instalaciones eléctricas de interconexión en el término municipal de Tortosa (expediente 97/610).

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 2001, páginas 12408 a 12409 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2001-278135

TEXTO

La empresa "Ecovent Parc Eólic, Sociedad

Anónima", con domicilio social en la calle Nil Fibra,

34-38, 08012 Barcelona, ha solicitado ante el

Departamento de Industria, Comercio y Turismo la

autorización administrativa y la aprobación del proyecto

de ejecución del parque eólico "Ecovent

Catalinilla II", a instalar en la sierra del Boix, en el término

municipal de Tortosa (Baix Ebre).

Este parque eólico dispone de la condición de

instalación de producción eléctrica en régimen

especial, otorgada por la resolución del Director general

de Energía y Minas de 30 de julio de 1998 a nombre

de "Augusta-Wind, Sociedad Limitada", y de la

autorización administrativa de transmisión de titularidad

de aquella condición a nombre de "Ecovent Parc

Eòlic, Sociedad Anónima", de 6 de octubre de 2000,

de acuerdo con el Real Decreto 2818/1996, de 2

de noviembre, sobre procedimiento administrativo

para la autorización de instalaciones de producción

de energía eléctrica en régimen especial.

En cumplimiento de los trámites que establecen

el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de

noviembre, por el que se determinan los procedimientos

administrativos aplicables a las instalaciones

eléctricas, y el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre,

sobre las normas para el otorgamiento de

autorización administrativa en materia de instalaciones

eléctricas que continúan en vigor de acuerdo con

lo que prevé la disposición transitoria primera de

la Ley 54/1977, de 27 de noviembre, del Sector

Eléctrico; en aplicación del artículo 43, apartado

b), de la disposición adicional sexta del Decreto

136/1999, de 18 de mayo, que aprueba el

Reglamento de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la

intervención integral de la administración ambiental,

la solicitud mencionada ha sido sometida a un

período de información pública mediante anuncios

publicados en el "Diario Oficial de la Generalidad de

Cataluña" número 3.289, de 20 de diciembre de

2000; en el "Boletín Oficial del Estado" número

301, de 16 de diciembre de 2000, y en el "Diario

de Tarragona" de 18 de diciembre de 2000, así

como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento

de Tortosa.

La variación del trazado de la línea de evacuación

del parque a 110 KV para compartir la estación

receptora de Coll de l'Alba con el promotor

"Terranova Energy Coporatio, Sociedad Anónima", ha

motivado un nuevo proyecto de esta línea y un

nuevo período de información pública mediante

anuncios publicados en el "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña" número 3.404, de 7 de junio

de 2001; en el "Boletín Oficial del Estado" número

134, de 5 de junio de 2001, y en el "Diario de

Tarragona" de 4 de junio de 2001.

Agotado el plazo de información publica, la

entidad GEPEC (Grupo de Estudio y Protección de

los Ecosistemas del Campo) solicita la condición

de interesado, la cual no le es otorgada mediante

resolución del Delegado territorial de Tarragona de

fecha 29 de enero de 2001, dado que la regulación

del procedimiento de autorización de las

instalaciones de producción eléctrica en régimen especial

no prevé que estos tipos de asociaciones sean

titulares en este procedimiento. El GEPEC ha

presentado recurso de alzada, que se resolverá en su

propio procedimiento.

Asimismo, de acuerdo con la normativa

mencionada, se solicitó un informe al Ayuntamiento de

Tortosa, que lo emitió en sentido favorable.

La ejecución de estas instalaciones se considera

necesaria con el fin de poder aprovechar el potencial

eólico de la zona y cumplir lo que dispone el plan

energético nacional en lo que concierne al

aprovechamiento de las energías renovables.

Cumplidos los trámites administrativos que

dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley

13/1998, de 14 de diciembre, de Organización,

procedimiento y Régimen Jurídico de la Administración

de la Generalidad de Cataluña.

Visto que, de acuerdo con lo que dispone el

artículo 7 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre,

la competencia para autorización de los centros de

producción de energía de potencia superior a

5.000 KVA y sus ampliaciones corresponde a la

Dirección General de Energía y Minas, resuelvo

otorgar la autorización administrativa y aprobar el

proyecto de la instalación de generación,

transformación y evacuación de la energía originada en

el parque eólico "Ecovent Cataluña II", con las

siguientes características técnicas:

El parque consta de 37 aerogeneradores de

1.300 KW de potencia, con una potencia total de

48,1 MW. Las torres contarán con una turbina con

rotor sobre una torre de 60 metros de altura, tubular,

troncocónica y de acero; el diámetro de rotor será

de 60-62 metros, estará equipado con tres palas

aerodinámicas y un sistema de orientación "Stall".

El generador asíncrono será de cuatro y seis polos

y 1.300 KW de potencia. Las torres tendrán un

centro de transformación interior de 0,69/20 KV.

La línea enterrada, de media tensión, se hará a

20 KV de Al-Cu de 150-400 milímetros cuadrados

por fases y un aislamiento de EPR para 12/20 KV.

También constará de una subestación

transformadora de 20/110 KV, con cinco circuitos de media

tensión a un embarrado único, con edificio de

control y medida y celdas del parque a la intemperie,

y un pórtico de salida a 110 KV, hasta la subestación

transformadora del parque eólico Tortosa,

promovido por "Terranova Energy, Sociedad Anónima",

en el término municipal de Tortosa, al extremo sur

de la sierra de El Boix, atravesando los parajes de

Les Coves, El Llamp y junto a Coll Ventos.

Ubicación del parque: Sierra de El Boix, término

municipal de Tortosa (Baix Ebre), a una altura media

de 550 metros sobre el mar y a unos 10 kilómetros

en dirección nordeste de Tortosa.

El presupuesto total sube a la cantidad de

8.931.510.348 pesetas (53.679.458,3 euros),

incluidos el parque, la subestación y la línea de

evacuación.

Esta resolución se dicta de acuerdo con lo que

dispone la normativa antes mencionada y también

el artículo 17 y el capítulo IV del Decreto

1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de

instalaciones, ampliación y traslado de industrias, y

está sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones se tienen que ejecutar de

acuerdo con el proyecto técnico presentado, firmado

por el Ingeniero técnico industrial don Ángel

Galisteo Moral, visado en fecha 23 de mayo de 2000

con el número 10.830 por el Colegio de Ingenieros

Técnicos Industriales de Vilanova i la Geltrú, y con

el proyecto técnico de variante de línea de

evacuación a 110 KV firmado por el Ingeniero técnico

industrial don Ángel Galisteo Moral, visado en fecha

12 de febrero de 2001 con el número 13.259 por

el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de

Vilanova i la Geltrú, que han servido de base para

la tramitación del expediente, con las variantes que,

si procede, se solicitará y se autoricen.

2. La construcción y el funcionamiento de esta

instalación eléctrica se someten a lo que establecen

el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión,

aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de

noviembre; el Reglamento sobre condiciones técnicas y

garantías de seguridad en centrales eléctricas,

subestaciones y centros de transformación, aprobado por

el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre,

y sus instrucciones técnicas complementarias,

aprobadas por la Orden de 18 de octubre de 1984;

la Ley 13/1987, de 9 de julio, de Seguridad de

las Instalaciones Industriales, y el resto de

disposiciones de aplicación general.

3. La empresa titular será la responsable del

uso, la conservación y el mantenimiento de las

instalaciones, de acuerdo con las condiciones de

seguridad que requiere la normativa vigente.

4. El plazo para la puesta en marcha de la

instalación autorizada será de dos años a contar desde

la fecha de publicación de esta Resolución en el

"Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña".

5. La Delegación Territorial de Industria,

Comercio y Turismo de Tarragona podrá realizar

durante las obras y una vez finalizadas éstas las

comprobaciones y las pruebas que considere

necesarias en relación con el cumplimiento de las

condiciones generales y especiales de esta Resolución.

6. Con esta finalidad, el titular de la instalación

comunicará al mencionado órgano administrativo

el comienzo de las obras, las incidencias dignas

de mención durante su curso y también su

finalización.

Junto con la comunicación de la finalización de

las obras, se adjuntará el certificado de dirección

y finalización de la instalación que acredite que ésta

se ajusta al proyecto aprobado, que se ha dado

cumplimiento a las normas y disposiciones antes

mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de

las pruebas realizadas.

7. La Administración dejará sin efecto esta

autorización administrativa por las causas que establece

el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de

julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte

del titular de la instalación, de las condiciones que

ésta impone.

En este supuesto, la Administración, con la

instrucción previa del expediente correspondiente,

acordará la revocación de la autorización, con todas

las consecuencias de orden administrativo y civil

que se deriven de ello según las disposiciones legales

vigentes.

8. Contra esta autorización, que se otorga en

vía administrativa, se puede interponer recurso de

alzada ante el Consejo de Industria, Comercio y

Turismo (paseo de Gràcia, 105, 08008 Barcelona,

Barcelonés) en el plazo que dispone el artículo 114

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tortosa (Tarragona), 2 de octubre de 2001.-El

Director general de Energías y Minas, Albert Mitjà

i Sarvisé.-55.290.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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