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Documento BOE-B-2001-289043

Anuncio de la Demarcación de Costas en Asturias sobre notificación de la Orden Ministerial de 24 de abril de 2000 aprobando el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos tres mil trescientos treinta (3.330) metros, desde el puente de la N-634 sobre el río Negro, hasta el extremo occidental de la punta Mulleres (hasta las Cuevas), en el término municipal de Valdés. Ref.: DL-72-Asturias.

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 3 de diciembre de 2001, páginas 12875 a 12875 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2001-289043

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el

artículo 59.4 de la Ley 330/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por

la presente, a los titulares de fincas colindantes con

el dominio público marítimo-terrestre y a los

interesados en el expediente se notifica lo siguiente:

"Por Orden Ministerial de 24 de abril de 2000,

la Dirección General de Costas, por delegación de

la excelentísima señora Ministra y de conformidad

con el Servicio Jurídico, ha resuelto:

I) Aprobar el deslinde al que se refiere este

expediente según se define en los planos que se integran

en el proyecto y que están fechados en 24 de febrero

de 1998 y firmados por los Ingenieros de Caminos

don José Luis y don Manuel Gutiérrez García, en

los que se define el deslinde de los bienes de dominio

público marítimo-terrestre del tramo de costa de

unos tres mil trescientos treinta (3.330) metros,

desde el puente de la N-634 sobre el río Negro, hasta

el extremo occidental de la punta Mulleres (hasta

las Cuevas), en el término municipal de Valdés.

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este

Departamento en Asturias que inicie las actuaciones

conducentes a rectificar las situaciones jurídicas

registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar

la correspondiente concesión a aquellos titulares de

terrenos que pudieran acreditar su inclusión en

alguno de los supuestos contemplados en la Disposición

Transitoria Primera de la Ley 22/88, de Costas.

Contra la presente Resolución, que pone fin a

la vía administrativa, puede interponerse con

carácter potestativo recurso de reposición en el plazo

de un (1) mes, ante la excelentísima señora Ministra

de Medio Ambiente o, directamente, recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2)

meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Los plazos serán contados desde el día siguiente

a la práctica de la notificación de la presente

Resolución."

Lo que se notifica para conocimiento y efectos

oportunos.

Oviedo, 6 de noviembre de 2001.-El Jefe de la

Demarcación, E. F., Ramón Galán Cortés.-58.398.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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