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Hace saber a don Ben Saáda Kieder, en relación
con el expediente incoado al amparo de la Ley
35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia
a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad
sexual, que procede desestimar al interesado la ayuda
por Incapacidad Temporal y por gastos de
tratamiento terapéutico solicitada al amparo de dicha
Ley. Y ello, en cumplimiento del artículo 59.4 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 15 de noviembre de 2001.-El
Subdirector General de Gestión de Clases Pasivas, Heliodoro
Giner Ubago.-58.671.
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