Por Resolución de 16 de mayo de 2001, de la
Confederación Hidrográfica del Sur, ha sido
aprobado el proyecto de restauración hidrológico forestal
en la cuenca del río Guadalmedina, desglosado 3,
parque forestal Ciudad de Málaga, margen derecha
del río Guadalmedina (Málaga). Dicha aprobación,
en base al artículo 130 del texto refundido de la
Ley de Aguas, Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio, lleva implícita la declaración de
utilidad pública y la necesidad de ocupación a efectos
de expropiación forzosa. Declarada la urgente
ocupación de acuerdo con lo dispuesto en el
Decreto 119/1990, de 17 de abril, de la Junta de
Andalucía, según informe de la Abogacía del Estado de
fecha 21 de noviembre de 2001, por el excelentísimo
Ayuntamiento Pleno en sesión de 30 de noviembre
de 2001, se resolvieron las alegaciones presentadas
al proyecto, declarándose expresamente la necesidad
concreta de ocupación de los bienes y derechos
afectados, disponiéndose la incoación del expediente
de expropiación forzosa por los trámites del
artículo 52 de la LEF.
Por cuanto antecede, y a los efectos de lo
preceptuado en el apartado 2.o del artículo 52 de la
citada Ley, se citan para el día 19 de diciembre
de 2010, en horario de nueve treinta a trece
veinticinco horas, y el día 20 de diciembre de 2001,
en horario de nueve treinta a once quince horas,
a los titulares de los bienes y derechos afectados
para que comparezcan en la Gerencia Municipal
de Urbanismo, Obras e Infraestructura, sita en calle
Palestina, número 7, como punto de reunión al
efecto indicado, debiendo asistir personalmente, o bien
representados por persona debidamente autorizada
para intervenir en su nombre, aportando los
documentos acreditativos de su titularidad, documento
nacional de identidad y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles de naturaleza rústica, o,
en su caso, urbana, que corresponda al bien afectado,
pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de Perito
y Notario, si lo estiman oportuno.
Asimismo, se hace constar que, a tenor de lo
previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de
30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la norma segunda del
artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el presente
anuncio servirá como notificación a los posibles
interesados no identificados, a los titulares de bienes
y derechos afectados que sean desconocidos y
aquéllos respecto de quienes sea ignorado su paradero.
A la vista de las actas previas a la ocupación,
se formularán las hojas de depósito previo a la
ocupación, así como las cifras de indemnización por
el importe de los perjuicios derivados de la rapidez
de la ocupación y efectuado el depósito, y abonado
o consignado el mismo, y abonada o consignada,
en su caso, la previa indemnización por perjuicios,
se procederá a la inmediata ocupación de los bienes
afectados.
Málaga, 3 de diciembre de 2001.-El
Alcalde-Presidente del Consejo de Administración, P. D., el
Vicepresidente, Manuel Ramos Gámez.-59.913.
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