En cumplimiento de la obligación legal contenida
en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, se publica la resolución de fecha 23
de octubre de 1998 sobre pagos indebidos en la
nómina de la Armada recaída en el expediente
97/2185/11A relativo a doña María del Pilar
Cendrero Rodríguez, con documento nacional de
identidad 51.340.419-A, con último domicilio conocido
en la calle Normas, 4, 3.a, 28043 Madrid.
Consta acreditado en el expediente que la
interesada, como consecuencia de un error en el cálculo
de los atrasos por la actualización del Convenio
para el Personal Laboral, percibió indebidamente
en la nómina del mes de septiembre de 1997 el
importe líquido de treinta y ocho mil ochenta y
nueve (38.089) pesetas.
Igualmente consta en el expediente notificado a
la interesada el pago indebido en trámite de
audiencia, sin que en dicho trámite se hicieran alegaciones
por la interesada.
La percepción de cantidades indebidas constituye
un error administrativo material o de hecho, que
de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal
Supremo (STS de 13 de octubre de 1994) es
independiente de cualquier opinión, valoración o
interpretación jurídica, por lo que en este caso es aplicable
la facultad otorgada a las Administraciones Públicas
por el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 24
de noviembre, para rectificar sus errores materiales
o de hecho sin necesidad de acudir a los
procedimientos establecidos en los artículos 102 y 103
de la citada Ley 30/1992.
Por lo expuesto, el excelentísimo señor General
de División Director de Asuntos Económicos de
la Armada, en virtud de las competencias atribuidas
en el punto 5 de la Orden del Ministerio de Defensa
22/1991, por la que se desarrolla la estructura del
Cuartel General, la Fuerza y el Apoyo a la Fuerza
en la Armada ("Boletín Oficial del Estado" 69),
y en el punto cuarto de la Orden 4/1996, de 11
de enero, del Ministerio de Defensa ("Boletín Oficial
del Estado" 16), ha resuelto anular la nómina
correspondiente al mes de septiembre de 1997, en lo
que afecta al importe y conceptos objeto de esta
resolución, declarando indebido el pago de treinta
y ocho mil ochenta y nueve (38.089) pesetas,
percibidas por doña María del Pilar Cendrero
Rodríguez, en la mencionada nómina.
La presente resolución es definitiva en vía
administrativa y contra la misma puede interponer, si
a su derecho conviniere, recurso potestativo de
reposición ante la autoridad que dictó la resolución en
el plazo de un mes desde el día siguiente a su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", o bien
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado
Central de lo Contencioso-Administrativo, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 23 de noviembre de 2001.-El General
de División de Intendencia, Director de Asuntos
Económicos de la Armada.-59.003.
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