Entidad Gestora de Navarra Garantía-5, FIM,
comunica, en cumplimiento de lo establecido en
el artículo 35.2 del RIIC, que se va a proceder
al establecimiento de una comisión de reembolso
del 1 por 100 para las participaciones reembolsadas
con una antigüedad inferior a los dos años.
Tal y como establece la normativa vigente, los
partícipes tienen derecho a ordenar, durante treinta
días a partir de esta fecha, el reembolso de sus
participaciones, que se liquidarían sin comisión ni
gasto alguno, al valor liquidativo correspondiente
a la fecha de entrada en vigor de la decisión adoptada
por la Gestora. Además la Entidad Gestora
comunica que se va a proceder al cambio de nombre
de dicho Fondo de Inversión que pasará a ser Can
Ahorro 10, FIM.
Pamplona, 10 de diciembre de 2001.-El
Secretario del Consejo, Miguel Pascual Cuesta
González.-61.111.
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