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Documento BOE-B-2001-305049

Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central sobre el expediente número RG 688-98; RS 201-99-R.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 21 de diciembre de 2001, páginas 13509 a 13509 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2001-305049

TEXTO

Notificación a don Ángel Álvarez Reguero,

representante de "Álvarez Chirino, Sociedad Limitada",

de fallo dictado por el Tribunal

Económico-Administrativo Central, en el expediente número RG

688-98; RS 201-99-R, formulada por el Director

del Departamento de Inspección Financiera y

Tributaria de la AEAT, por aplicación de lo dispuesto

en el artículo 86 del Reglamento de Procedimiento

en las Reclamaciones Económico-Administrativas.

Al no haberse podido practicar en el domicilio

que consta en las actuaciones, por el presente se

notifica a don Ángel Álvarez Reguero, representante

de "Álvarez Chirino, Sociedad Anónima", que por

el Tribunal Económico-Administrativo Central, y en

el expediente RG 688/98, RS 201-99-R, formulado

por el Director del Departamento de Inspección

Financiera y Tributaria de la AEAT, por el Impuesto

sobre la Renta de las Personas Físicas, se ha dictado

resolución en la sesión del día 20 de julio de 2001,

cuya parte dispositiva es la siguiente:

"Este Tribunal Económico-Administrativo

Central, en Sala, resolviendo el recurso de alzada

interpuesto por el Director del Departamento de

Inspección Financiera y Tributaria de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria, contra la

Resolución del Tribunal Económico-Administrativo

Regional de Canarias, de 17 de diciembre de 1997,

recaída en la reclamación número 35/2793/95; por

el concepto Impuesto sobre la Renta, Retenciones,

acuerda: Estimarlo y revocar la resolución

impugnada en los términos de la presente resolución".

Lo que se notifica, significando que contra el

indicado fallo y dentro del plazo de dos meses, contados

desde el día siguiente al de la publicación del

presente anuncio, podrá el interesado interponer

recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional.

Madrid, 28 de noviembre de 2001.-El Vocal,

Conrado Montesinos Jaén.-60.731.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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