Notificación a la empresa "Metrovideo, Sociedad
Anónima", de Pozuelo de Alarcón (Madrid), de la
Resolución de 26 de noviembre de 2001, recaída
en el expediente sancionador número 67/010, por
infracción de la normativa que regula la actividad
de exhibición cinematográfica.
Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación
ordinaria a la empresa, se le comunica que por
el ilustrísimo señor Director general de este Instituto
se ha dictado Resolución, de fecha 26 de noviembre
de 2001, por la que se resuelve el expediente
sancionador 67/01 instruido contra la empresa
expedientada, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Visto el expediente y la propuesta anterior, este
Instituto ha resuelto imponer a la empresa
"Metrovideo, Sociedad Anónima", de Pozuelo de
Alarcón (Madrid), la sanción de multa de dos mil ciento
tres (2.103) euros, equivalente a trescientas
cincuenta mil (350.000) pesetas."
Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos
previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, significando que
el texto íntegro de la citada Resolución se encuentra
archivado en la Secretaría General de este
organismo, plaza del Rey, número 1, en Madrid. Esta
Resolución es definitiva en la vía administrativa,
de acuerdo con lo establecido en la disposición
adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de
abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado (LOFAGE), y
contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo
establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar
desde el día siguiente a la fecha de la notificación
de la presente Resolución, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 11 de diciembre de 2001.-La Secretaria
general, Milagros Mendoza Andrade.-&61.955.
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