Notificación a la empresa "Fescinal, Sociedad
Limitada", de Madrid, de la Resolución de 26 de
diciembre de 2000, recaída en el expediente
sancionador número 132/2000, por infracción de la
normativa que regula la actividad de exhibición
cinematográfica.
Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación
ordinaria a la empresa, se le comunica que, por el
ilustrísimo señor Director general de este Instituto,
se ha dictado Resolución de fecha 26 de diciembre
de 2000, por la que se resuelve el expediente
sancionador 132/2000, instruido contra la empresa
expedientada, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Visto el expediente y la propuesta anterior, este
Instituto ha resuelto imponer al cinematógrafo
"Terraza Cine en el Puerto", de playa de
Almadraveras (Almería), la sanción de multa de cincuenta
mil (50.000) pesetas."
Lo que se notifica en cumplimiento, y a los efectos
previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y
Procedimiento Administrativo Común, significando que
el texto íntegro de la citada Resolución se encuentra
archivado en la Secretaría General de este
organismo, plaza del Rey, número 1, en Madrid. Esta
Resolución es definitiva en la vía administrativa,
de acuerdo con lo establecido en la disposición
adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de
abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado (LOFAGE), y
contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo
establecido en el artículo 9, c), de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente a la fecha de la
notificación de la presente resolución, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada
Ley 29/1998.
Madrid, 26 de enero de 2001.-La Secretaria
general, Milagros Mendoza Andrade.-4.968.
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