En cumplimiento de lo previsto en el
artículo 35.2 de Real Decreto 1393/1990, de 2 de
noviembre, que aprueba el Reglamento de Instituciones
de Inversión Colectiva, y del artículo 19 del
Reglamento de Gestión de Caja Ingenieros Garantizado 2,
y ante el vencimiento de la garantía del fondo de
inversión Caja Ingenieros Garantizado 2, F.I.M. el
pasado día 31 de enero de 2001, el fondo se va
a transformar en un fondo con vocación de renta
variable mixta internacional.
Dicho cambio implica la modificación de la
política de inversiones de la institución, recogida en
el capítulo IV, así como el VI, y la denominación,
con la consiguiente modificación del artículo 1
(Denominación y régimen jurídico) del Reglamento de
Gestión del Fondo, que quedará redactado de la
siguiente forma:
"Con el nombre de Caja Ingenieros Mundial 50
se constituye un Fondo de Inversión Mobiliaria,
el cual se regirá por el contenido del presente
Reglamento de Gestión y, en su defecto, por la Ley
46/1984, de 26 de diciembre (LIIC), reguladora
de las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC),
por su reglamento (DIC), y por las demás
disposiciones vigentes o que las sustituyan en el futuro."
Así se va a proceder a la modificación de las
comisiones de gestión, depositaría, suscripción y
reembolso de participaciones, recogidas en los
capítulos II y III del folleto a partir de la fecha de
inscripción del folleto actualizado en el
correspondiente Registro de la CNMV.
La comisión de gestión se establecerá en el 2,25
por 100, y la comisión de depositaría en el 0,40
por 100 actual. Está previsto reducir la comisión
de suscripción o reembolso dejándola en el 0
por 100 sobre el importe reembolsado o suscrito
a partir del final de la garantía.
Dicho fondo se comercializará con el nombre
de Caja Ingenieros Mundial 50, F.I.M.
Dichas modificaciones entrarán en vigor el día
de la inscripción en el Registro administrativo de
la Comisión Nacional del Mercado de Valores y,
en cualquier caso, no antes de un mes desde la
publicación del presente escrito.
Dados todos los cambios anteriores, le
recordamos su derecho de separación y, en consecuencia,
la posibilidad de solicitar el reembolso de sus
participaciones sin aplicación de comisiones de
reembolso, y sin gasto alguno. El plazo durante el cual
podrán ejercitar este derecho es de un mes a partir
de la publicación de este anuncio, y se realizará
por el valor liquidativo del día en que se produzca
la inscripción de la presente actualización en el
Registro de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, de acuerdo con la Circular 1/1999 de
la CNMV.
El nuevo texto refundido del Reglamento de
Gestión está a disposición de los partícipes en el
domicilio social de la entidad gestora "Crediges, Sociedad
Anónima", S.G.I.I.C., pudiéndose, asimismo,
solicitar la entrega del mismo en cualquiera de las
oficinas de la entidad depositaria "Caixa del Credit
dels Enginyers-Caja de Crédito de los Ingenieros,
S. Coop. de Cdto.".
Caja Ingenieros Garantizado 2, F.I.M.
Bilbao, 6 de febrero de 2001.-El Secretario del
Consejo de Administración, Juan Ángel Beldarrain
Martínez.-6.194.
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