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Documento BOE-B-2001-40121

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana sobre expropiación forzosa motivada por las obras del proyecto de abastecimiento de emergencia a Alcoba de los Montes y Santa Quiteria (Ciudad Real).

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2001, páginas 2088 a 2088 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2001-40121

TEXTO

El Real Decreto-ley 1/1995, de 10 de febrero,

arbitra medidas de carácter urgente en materia de

abastecimientos hidráulicos, declarando en su

artículo 4 el interés general de las obras de

captaciones hidrogeológicas y otras actuaciones en La

Mancha y en la Comarca del Bullaque y la urgencia

de las mismas en el artículo 5.

En cumplimiento de lo preceptuado en los

artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

de 16 de diciembre de 1954, y 56 y siguientes de

su Reglamento, se convoca a los propietarios para

el levantamiento de las correspondientes actas

previas a la ocupación, que tendrá lugar, según se

publica en el tablón de edictos de los Ayuntamientos

afectados el próximo día 6 de marzo, a las once

horas, en el Ayuntamiento de Alcoba de los Montes

(Ciudad Real), y a las diecisiete horas del mismo

día en el Ayuntamiento de Retuerta del Bullaque

(Ciudad Real). No obstante lo anterior, si algún

afectado así lo solicita, el citado levantamiento se

producirá en los propios terrenos a expropiar.

A dicho acto podrán asistir los afectados

personalmente, o bien representados por una persona

debidamente autorizada para actuar en su nombre.

Aportarán la documentación acreditativa de la

titularidad de los bienes objeto de expropiación

(certificado del Registro de la Propiedad, escritura

pública o fotocopias compulsadas de esos documentos,

así como los recibos del IBI de los dos últimos

años o fotocopias compulsadas de los mismos). Los

afectados pueden hacerse acompañar a su costa de

Perito y Notario si lo estiman oportuno.

Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley

de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957,

las personas que se consideren afectadas podrán

formular por escrito, ante esta Confederación, hasta

el momento del levantamiento de las actas previas

a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de

subsanar posibles errores que se hayan podido

producir al relacionar los bienes afectados.

La relación de propietarios afectados se encuentra

expuesta en el tablón de edictos de los

Ayuntamientos afectados.

Badajoz, 15 de enero de 2001.-El Secretario

general, Diego de la Cruz Otero.-5.951.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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