De acuerdo con lo previsto en el Reglamento
general del servicio público de gases combustibles ;
la Ley 34/1998, de 7 de octubre, de Hidrocarburos ;
los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa
y 56 de su Reglamento, se somete a información
pública el proyecto de las instalaciones de
distribución de gas natural para la conexión a la industria
"Fundiciones Monfort, Sociedad Limitada".
Peticionario: "Gas Natural SDG, Sociedad
Anónima", con domicilio en el Portal de L'Àngel, 20
y 22, de Barcelona.
Objeto: Autorización administrativa,
reconocimiento de utilidad pública y aprobación del proyecto
de las instalaciones de distribución de gas natural
para la conexión a la industria "Fundiciones
Monfort, Sociedad Limitada".
La declaración de utilidad pública llevará
implícita, según el artículo 105 de la Ley 34/1998, de
7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, en todo
caso, la necesidad de ocupación de los bienes o
de adquisición de los derechos afectados, e implicará
la urgente ocupación a los efectos del artículo 52
de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954.
Término municipal afectado: Bellpuig.
Conexión a la industria "Fundiciones Monfort,
Sociedad Limitada" en media presión B (MPB):
Origen: Red de distribución local de Bellpuig, en
la intersección de la carretera LV.-3341 de Bellpuig
a Tornabous y la avenida de Lleida.
Final: Límite de propiedad de "Fundiciones
Monfort, Sociedad Limitada".
Longitud: 1.527 metros.
Diámetro: 110 milímetros.
Material: Polietileno SDR-11.
Presión máxima de servicio efectiva: 4 bar.
Presupuesto total: 11.393.120 pesetas.
Afecciones derivadas del proyecto:
a) La imposición de servidumbre perpetua de
paso en la franja de 3 metros para presiones
máximas de servicio iguales o inferiores a 16 bar, dentro
de la cual correrá subterránea la canalización o
tubería, junto con los accesorios, elementos auxiliares
y la señalización que convenga, todo eso tanto
subterráneo como a la vista.
Los límites de la mencionada franja quedarán
definidos a 1,5 metros a cada lado del eje del trazado
del conducto.
Esta franja se utilizará para instalar la
canalización, hacer la renovación y hacer la vigilancia y
el mantenimiento ; para ello, se dispondrá en la
mencionada franja del libre acceso del personal y de
los elementos y medios necesarios, con pago de
los daños que se ocasionen en cada caso.
Los límites de esta franja quedarán dentro de
los de la ocupación temporal.
b) La servidumbre de ocupación temporal
durante el período de ejecución de las obras en
una franja o pista de donde se hará desaparecer
toda clase de obstáculo, cuya anchura máxima será
la que se indica en los planos parcelarios, con pago
de los daños que se ocasionen en cada caso.
c) La prohibición de hacer trabajos de labranza,
cava u otros similares, a una profundidad superior
a los 50 cm en la franja a la que hace referencia
el apartado a).
d) La prohibición de plantar árboles o arbustos
de tallo alto y de hacer algún movimiento de tierras
en la franja a la que hace referencia el apartado a).
No se permitirá levantar edificaciones o
construcciones de ningún tipo, aunque tengan carácter
provisional o temporal, ni hacer ningún acto que pueda
dañar o perturbar el buen funcionamiento, la
vigilancia, la conservación, las reparaciones y las
sustituciones necesarias, si se precisan, de la
canalización y de las instalaciones auxiliares a las
distancias inferiores a 1,5 medidas a cada lado del
eje de la canalización instalada.
Todo lo que se ha indicado en los apartados
anteriores no será de aplicación en los bienes de dominio
público.
Se hace público para conocimiento general y
especialmente de los propietarios y titulares de bienes
y derechos afectados por este proyecto, cuya
relación se incluye en el anexo de este anuncio, y
también para las personas que son titulares de derechos
reales o de intereses económicos sobre los bienes
afectados, y han sido omitidas, para que puedan
examinar el expediente donde constan las
características técnicas y las afecciones derivadas del
proyecto, en la Delegación Territorial de Industria,
Comercio y Turismo, avenida del Segre, 7, de Lleida,
y presentar los escritos de alegaciones en el plazo
de veinte días, a partir de la publicación de este
Anuncio.
Anexo
Lista concreta e individualizada de los bienes y
derechos afectados.
Abreviaturas utilizadas:
Datos catastrales: PO = polígono ; PA = parcela;
N = naturaleza ; TD = titular y domicilio.
Afección:
OT = ocupación temporal: SP = servidumbre de
paso, en m2 ; Urb = urbana; Am = almendros; Pl=
plantación ; Ctra = carretera; Ind = industria.
Término municipal de Bellpuig:
Conexión a la industria Fundiciones Monfort,
Sociedad Limitadaö F=LL.-BP.-1 ; TD =
"Boncompte, Sociedad Limitada", calle Jacint Verdaguer,
2, Tórrega ; OT = 222; SP= 336; PO = 43115;
PA = 15 ; N = Urb.
F=LL.-BP.-2 ; TD = Joan Bautista Torres
Raurich, avenida Lleida, sin número Bellpuig ; OT = 36;
SP = 36 ; PO = 48100; PA = 04; N=vial.
F=LL.-BP.-3 ; TD = Joan Caro Martín, avenida
Lleida, 17, Bellpuig ; OT = 60; SP = 60; PO = 48100;
PA= 03 ; N=vial.
F=LL.-BP.-4 ; TD = Frigorífics Germans Torres,
calle Valeri Serra, 57, Bellpuig ; OT = 177; SP = 177;
PO = 48100 ; PA = 02/01; N = vial.
F=LL.-BP.-5 ; TD = Francesc Ferran Buque,
calle Pardetes Altes, 14, Lleida ; OT = 571 ,5, 147;
SP= 571,5, 147 ; PO = 10; PA = 2; N=Am, Pl.
F=LL.-BP.-6 ; TD = Mercè Ferran Buque,
carretera N-II, punto kilométrico 500, Bellpuig, OT = 74 ;
SP = 114 ; PO= 10; PA = 3; N=Erm.
F=LL.-BP.-7 ; TD = carreteras del Estado en
Lleida, plaça Sant Joan, 22, Lleida, cruce N-II, punto
kilométrico 496,614a y 496,741a ; N = Ctra.
F=LL.-BP.-8 ; TD = Mercè Ferran Buque y J.
Pujol GomÓ, ctra. N.-II, pk 500, Bellpuig ; OT=
230 ; SP = 238; PO=10; PA = 15/16; N = Ind.
Lleida, 26 de enero de 2001.-La Delegada
territorial de Lleida, Divina Esteve Quinta.
(01.003.102).-7.736.
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