Con fecha 1 de febrero de 2001, se reunió el
Grupo de Trabajo de Expropiaciones creado en la
Comisión para la aplicación y el desarrollo del
convenio sobre cooperación para la protección y el
aprovechamiento sostenible de las aguas de las
cuencas hidrográficas hispano-portuguesas, acordando
por unanimidad.
Declarar la necesidad de ocupación de los terrenos
afectados por la construcción del embalse de
Alqueva, en territorio español, acordando su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" y en el de la
provincia de Badajoz, de conformidad con lo
establecido en el artículo 9.o del Reglamento para la
constitución de servidumbres, expropiaciones y
ocupaciones que sean necesarias en la realización de
obras para el aprovechamiento hidráulico de los
tramos internacionales de los ríos Miño, Limia, Tajo,
Guadiana, Chanza y de sus afluentes, aprobado en
Consejo de Ministros del 4 de julio de 1969 y cuya
entrada en vigor se efectuó por Decreto 1032/1971,
de 6 de mayo de 1971.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
previsto en el artículo 9 del citado Reglamento.
Madrid, 9 de marzo de 2001.-El Director general
de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas, José
María Piñero Campos.-12.072.
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