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Notificación a la empresa Equipo Cine,
Espectáculos y Producciones Culturales, titular del
cinematógrafo "Imperial Cinema", de Loja (Granada),
de la Resolución de 29 de agosto de 2000, recaída
en el expediente sancionador número 58/00, por
infracción de la normativa que regula la actividad
de exhibición cinematográfica.
Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación
ordinaria a la empresa se le comunida que por el
ilustrisimo señor Director general de este Instituto
se ha dictado Resolución de fecha 29 de agosto
de 2000, por la que se resuelve el expediente
sancionador 58/00, instruido contra la empresa
expedientada, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
"Visto el expediente y la propuesta anterior, este
Instituto ha resuelto imponer a la empresa titular
del cinematógrafo "Imperial Cinema'', sito en Loja
(Granada), la sanción de multa de veinticinco mil
pesetas (25.000 pesetas)."
Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos
previstos en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, significando que
el texto íntegro de la citada Resolución se encuentra
archivado en la Secretaría General de este
organismo, plaza del Rey, número 1, en Madrid. Esta
Resolución es definitiva en la vía administrativa,
de acuerdo con lo establecido en la disposición
adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de
abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado (LOFAGE), y
contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de
lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo
establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a
contar desde el día siguiente a la fecha de la
notificación de la presente Resolución, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley
29/1998.
Madrid, 19 de diciembre de 2000.-La Secretaria
general, Milagros Mendoza Andrade.-71.593.
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