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Documento BOE-B-2001-73025

Resolución del Servicio Territorial de Industria y Energía por la que se aprueba el proyecto de ejecución de una instalación eléctrica.

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2001, páginas 3822 a 3822 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-B-2001-73025

TEXTO

Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados

en los capítulos III y IV del Decreto 2617/1966,

de 20 de octubre ("Boletín Oficial del Estado"

del 24) y, en su caso, en el capítulo III del

Decreto 2619/1966, de 20 de noviembre, este Servicio

Territorial de Industria y Energía ha resuelto aprobar

el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica

cuyas principales características son:

Expediente 498/00 ATLINE LDB/cch: Línea

aérea trifásica a 20 kV desde el apoyo

número 703531, junto a carretera CV-5040, hasta el

apoyo de paso a/s al CT de cliente "Sabeco, Sociedad

Anónima", en pedanía Cabesol, Cullera.

En la ejecución del proyecto se deberán cumplir

las siguientes condiciones:

Primera.-Las obras deberán realizarse de acuerdo

con el proyecto presentado, con las variaciones que,

en su caso, se soliciten y autoricen.

Segunda.-El plazo de puesta en marcha será de

seis meses, contados a partir de la presente

resolución.

Tercera.-El titular de la citada instalación dará

cuenta de la terminación de las obras a este Servicio

Territorial, a los efectos de reconocimiento,

presentando el oportuno certificado de dirección,

suscrito por técnico competente y visado por el Colegio

Oficial correspondiente.

Cuarta.-El titular de la instalación notificará por

escrito a esta dependencia el comienzo de los

trabajos para efectuar las inspecciones de los mismos,

en caso de considerarlo conveniente.

Quinta.-La Administración dejará sin efecto la

presente resolución en cualquier momento en que

se observe el incumplimiento de las condiciones

impuestas por ella.

En tales supuestos, la Administración previo el

oportuno expediente, acordará la anulación de la

autorización con todas las consecuencias de orden

administrativo y civil que se deriven, según las

disposiciones legales vigentes.

Sexta.-El titular de la instalación deberá tener

en cuenta en la ejecución del proyecto, las

condiciones impuestas por los organismos afectados,

todas las cuales se le notificaron oportunamente

y fueron aceptadas.

Contra la presente resolución que no pone fin

a la vía administrativa, se podrá presentar recurso

de alzada ante la Dirección General de Industria

y Energía (calle Colón, 32, 46004 Valencia), en

el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

a aquel en que tenga lugar la notificación de la

presente, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 114 y 115 de la Ley 4/1999, de 13 de

enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico y del

Procedimiento Administrativo Común.

Valencia, 22 de febrero de 2001.-El Director

Territorial, Alejandro Marín Arcas.-12.862.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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