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Documento BOE-B-2001-9052

Resolución de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre ocupación de finca.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 2001, páginas 366 a 367 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2001-9052

TEXTO

Vistas las actuaciones practicadas y teniendo en

cuenta los siguientes

Hechos

Primero.-Con fecha 29 de junio de 2000 el

Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria

de Pasajes (Guipúzcoa) aprobó el proyecto de nuevo

vial de acceso a los muelles de Donibane, aprobación

que implica la declaración de utilidad pública

(artículo 22, Ley 27/1992 y que afecta a la finca de

2.048,75 metros cuadrados, propiedad de "Oltra

Mirna, Sociedad Limitada".

Segundo.-Con fecha 8 de septiembre de 2000,

el Delegado del Gobierno en la Comunidad

Autónoma del País Vasco acordó, en cumplimiento de

lo previsto en el artículo 18 de la Ley de

Expropiación Forzosa, hacer pública la relación de bienes

afectados por la expropiación forzosa a fin de que

los interesados, en un plazo de quince días

formulasen las alegaciones que considerasen oportunas.

Tercero.-Con fecha 17 de octubre de 2000 tuvo

entrada escrito del representante de la sociedad

"Oltra Mirna, Sociedad Limitada" en el que formula

diversas alegaciones que pueden resumirse en la

solicitud siguiente:

Que se tenga por impugnado el Acuerdo de la

Autoridad Portuaria de 29 de junio de 2000.

Que se estime la valoración de la finca afectada

en un total de 32.387.980 pesetas más intereses

legales de demora contados desde el 23 de

septiembre de 1991.

Que se tengan por reiteradas todas las quejas y

reclamaciones para que se ponga término al

expediente de justiprecio iniciado en 1991.

Cuarto.-Solicitado informe a la Abogacía del

Estado, en cumplimiento de lo previsto en el artículo

19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, ésta señala

que se han cumplido los requisitos legales sin que

se pueda considerar que las actuaciones realizadas

en el año 1991 dieran lugar al inicio formal de

un expediente expropiatorio.

Fundamentos de Derecho

Primero.-La Ley 6/1997, de 14 de abril, de

organización y funcionamiento de la Administración del

Estado atribuye a los Delegados del Gobierno, en

su artículo 23.7, el ejercicio de la potestad

expropiatoria, señalando el artículo 19.2 de la Ley de

Expropiación Forzosa la necesidad de resolver sobre

la necesidad de ocupación.

Segundo.-En el caso que nos ocupa, las

alegaciones formuladas por la sociedad titular registral

de la finca objeto del expediente no se oponen a

la necesidad de ocupación sino que la citada

empresa realiza distintas alegaciones en cuanto al

momento del inicio del expediente y a la valoración de

la finca, cuestión a dirimir en la fase de fijación

del justiprecio.

Visto la Ley de Expropiación forzosa, de 16 de

diciembre de 1954 ("Boletín Oficial del Estado"

del 17), el Reglamento de dicha Ley aprobado por

Decreto de 26 de abril de 1957 y demás

disposiciones aplicables,

Acuerdo declarar la necesidad de la ocupación

de la siguiente finca:

Finca de 2.048,75 metros cuadrados, propiedad

de "Oltra Mirna, Sociedad Limitada" que linda: Al

norte, con la zona de servicio del Puerto de Pasajes

y, en parte, con la carretera de Lezo a Pasajes de

San Juan; al sur y al este, con zona de servicio;

al oeste, con una finca segregada de la misma

propiedad, propiedad de la sociedad "Oltra Mirna,

Sociedad Limitada".

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa puede interponer recurso de alzada ante

el señor Ministro de Fomento en el plazo de un

mes a contar desde el día siguiente al de la

notificación de esta Resolución.

Vitoria-Gasteiz, 20 de noviembre de 2000.-El

Delegado del Gobierno, Enrique Villar

Montero.-&72.208.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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