Está Vd. en

Documento BOE-B-2001-94066

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Enagás, Sociedad Anónima", la construcción de las instalaciones correspondientes a la adenda al proyecto del gasoducto denominado "Ramal a Vilches", en la provincia de Jaén.

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 2001, páginas 4731 a 4732 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2001-94066

TEXTO

Por Resolución de la Dirección General de

Política Energética y Minas de 29 de septiembre de

2000, se autorizó a "Enagás, Sociedad Anónima",

la construcción de las instalaciones del gasoducto

denominado "Ramal a Vilches", comprendido en

la provincia de Jaén, que había sido diseñado para

el transporte de gas natural a una presión máxima

de servicio de 80 bares.

La empresa "Enagás, Sociedad Anónima", ha

presentado en esta Dirección General, solicitud de

autorización administrativa, así como declaración en

concreto de utilidad pública, para la construcción

de las instalaciones de la adenda al proyecto del

gasoducto denominado "Ramal a Vilches", que

afecta a las instalaciones comprendidas en el término

municipal de Linares (Jaén).

Sometida a información pública la citada solicitud

y la adenda al proyecto técnico de las instalaciones,

en la que se incluye la relación concreta e

individualizada de los bienes y derechos afectados, ha

transcurrido el plazo legal establecido sin que se

haya recibido ninguna alegación.

Asimismo, se ha solicitado informe de los

organismos y entidades competentes sobre determinados

bienes públicos y servicios que resultan afectados

por la mencionada conducción de gas natural,

habiéndose recibido las contestaciones de los

mismos indicando las condiciones en que deben

verificarse las afecciones correspondientes, a las que

la empresa peticionaria no ha manifestado ninguna

observación.

Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector

de Hidrocarburos; el Decreto 2913/1973, de 26 de

octubre, por el que se aprueba el Reglamento

General del Servicio Público de Gases Combustibles; la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administarciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por

la Ley 4/1999, de 13 de enero y la Orden del

Ministerio de Industria de 18 de noviembre de 1974,

por la que se aprueba el Reglamento de Redes y

Acometidas de Combustibles Gaseosos, modificado

por Órdenes del Ministerio de Industria y Energía

de 26 de octubre de 1983, de 6 de julio de 1984,

9 de marzo de 1994 y de 29 de mayo de 1998.

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas, teniendo en cuenta el informe favorable

emitido por la Dependencia Provincial del Área de

Industria y Energía, de la Subdelegación del

Gobierno en Jaén, ha resuelto autorizar la construcción

de las instalaciones correspondientes a la adenda

al proyecto del gasoducto denominado "Ramal de

gas natural a Vilches" en la provincia de Jaén,

solicitada por la empresa "Enagás, Sociedad Anónima",

así como declarar, en concreto, su utilidad pública,

a los efectos previstos en el título V de la Ley

34/1998, de 7 de octubre, del Sector de

Hidrocarburos.

Esta autorización se otorga al amparo de lo

dispuesto en los artículos 3.2 y 67 de la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos,

autorización que, conforme previene el artículo 105 de

la citada Ley, llevará implícita la necesidad de

ocupación y el ejercicio de la servidumbre de paso,

con las condiciones reflejadas en el trámite de

información pública, e implicará la urgente ocupación

a los efectos del artículo 52 de la Ley de

Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

La presente autorización administrativa se otorga

con arreglo a las condiciones que figuran a

continuación:

Primera.-En todo momento se deberá cumplir,

en relación con el gasoducto ramal de gas natural

a Vilches y con sus instalaciones auxiliares y

complementarias, cuanto se establece en la Ley 34/1998,

de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, así

como en las disposiciones y reglamentaciones que

la complementen y desarrollen; en el Reglamento

General del Servicio Público de Gases

Combustibles, aprobado por Orden del Ministerio de

Industria de 18 de noviembre de 1974, modificado por

las Órdenes del Ministerio de Industria y Energía

de 26 de octubre de 1983, de 6 de julio de 1984,

de 9 de marzo de 1994 y 29 de mayo de 1998.

Segunda.-Las instalaciones que se autorizan por

la presente Resolución habrán de realizarse de

acuerdo con el documento técnico denominado "Ramal

a Vilches. Adenda al Proyecto de Autorización.

Posición L-02.4.B (T. M. Linares)", presentado por la

empresa "Enagás, Sociedad Anónima", en esta

Dirección General.

Las principales características básicas de las

instalaciones previstas en el citado documento técnico,

son las que se indican a continuación:

Se incorporará en el gasoducto de transporte

primario de gas natural a ramal a Vilches una posición

de válvulas, denominada Posición L-02.4.B, entre

los vértices del gasoducto V-J-016 y V-J-017,

comprendidos en el término municipal de Linares, en

la provincia de Jaén.

En la citada Posición L.02.4.B del gasoducto,

diseñada para una presión máxima de servicio de 80

bares, se instalarán las válvulas de seccionamiento

y derivación necesarias para la derivación de un

nuevo ramal de distribución y suministro de gas

natural.

Tercera.-Salvo lo expresamente definido en la

presente Resolución, es válido para esta autorización

previa de construcción de instalaciones todo lo

indicado en la Resolución de la Dirección General de

Política Energética y Minas, del Ministerio de

Economía, de 29 de septiembre de 2000, por la que

se autorizaba a "Enagás, Sociedad Anónima", la

construcción de las instalaciones del gasoducto

denominado "Ramal a Vilches", cuyo trazado

discurre por la provincia de Jaén y se declaraba su

utilidad pública.

Contra la presente Resolución podrá interponerse,

en el plazo de un mes, recurso de alzada ante el

excelentísimo señor Secretario de Estado de

Economía, de la Energía y de la Pequeña y Mediana

Empresa, de acuerdo con lo establecido en la Ley

4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 6/1997, de

14 de abril, de Organización y Funcionamiento de

la Administración General del Estado.

Madrid, 14 de marzo de 2001.-La Directora

general de Política Energética y Minas, Carmen Becerril

Martínez.-17.551.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid