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Documento BOE-B-2001-94073

Resolución del Ayuntamiento de Arganda del Rey sobre expropiación de bienes y derechos titulares unidad de ejecución 108 "La Perlita".

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 2001, páginas 4736 a 4736 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2001-94073

TEXTO

Por el Alcalde-Presidente se ha dictado, con fecha

15 de marzo de 2001, el Decreto que a continuación

se transcribe literalmente:

"Visto el expediente de expropiación de los bienes

y derechos de titulares con domicilio desconocido

no adheridos a la Junta de Compensación de la

Unidad de Ejecución número 108 "La Perlita",

tramitado por este Ayuntamiento. Considerando que

por acuerdo de la Comisión de Urbanismo de

Madrid se ha aprobado definitivamente el proyecto

referido, con fecha 19 de febrero de 2001, publicado

en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid"

número 61 de fecha 13 de marzo de 2001, en el

que se establece la aplicación del procedimiento

de tasación conjunta, haciendo constar que el

presente acuerdo implicará la declaración de urgencia

para la ocupación de los bienes y derechos afectados.

Resultando que, con respecto al expediente antes

indicado, por esta Alcaldía se dictó Decreto con

fecha 15 de marzo de 2001, señalando el día 3

de abril del año en curso para la firma de actas

de ocupación y pago, sin que en tiempo se hayan

efectuado las debidas publicaciones de dicho

Decreto.

De conformidad con la legislación vigente,

resuelvo:

Primero.-Revocar el Decreto de Alcaldía número

152/2001, de fecha 15 de marzo de 2001, al objeto

de modificar la fecha para la firma de las actas

de ocupación y pago, manteniendo íntegramente

el texto del mismo.

Segundo.-Convocar a los propietarios y demás

titulares de bienes y derechos afectados por el citado

proyecto, que se relacionan en el anexo único que

se une a la presente resolución, en las fechas y

horas que se indican, para formalizar las actas de

ocupación y pago, en el Ayuntamiento de Arganda

del Rey (Departamento de Urbanismo), plaza de

la Constitución, número 1, de Arganda del Rey

(Madrid).

Tercero.-Hacerles saber que a dicho acto deberán

asistir personalmente o representados por persona

debidamente autorizada para actuar en su nombre

y aportando la documentación justificativa de las

titularidades respectivas, expresándose que para la

firma del acta de ocupación y pago de la valoración

dada por el citado proyecto deberán aportar la

oportuna rectificación registral de dominio y cargas en

los términos que señala el artículo 222 del texto

refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y

Ordenación Urbana de 1992.

Cuarto.-Hacerles saber que hasta el día señalado

para la firma del acta de ocupación y pago podrán

formular las alegaciones que estimen oportunas al

solo efecto de subsanar los posibles errores de que

pudiera adolecer.

Quinto.-Notificar y publicar la presente

resolución a quienes resulten interesados.

Anexo único

Finca proyecto: Número: 1. Polígono: 42. Parcela:

8. Titular del proyecto: Don Federico Salcedo

Cordón. Domicilio: Desconocido. Citación: Día 3 de

mayo de 2001. Hora: Nueve.

Finca proyecto: Número: 2. Polígono: 42. Parcela:

10. Titular del proyecto: Herederos de don Gonzalo

García San. Domicilio: Desconocido. Citación: Día

3 de mayo de 2001. Hora: Nueve.

Finca proyecto: Número: 3. Polígono: 49. Parcela:

79. Titular del proyecto: Don Fernando Brea

Sánchez. Domicilio: Desconocido. Citación: Día 3 de

mayo de 2001. Hora: Nueve.

Finca proyecto: Número: 4. Polígono: 49. Parcela:

143. Titular del proyecto: Herederos de don Gonzalo

García Sanz. Domicilio: Desconocido. Citación: Día

3 de mayo de 2001. Hora: Nueve.

Con la publicación del presente anuncio se

consideran notificados las personas relacionadas en el

anexo único o quien resulte titular de las parcelas

igualmente relacionadas, con domicilio desconocido

a los efectos señalados en el artículo 59.4 de la

Ley de Procedimiento Administrativo de 26 de

noviembre de 1992; haciendo saber que contra el

presente acto no cabe interponer recurso

administrativo alguno, significando que el mismo no goza

de autonomía a efectos de impugnación, al estar

su validez subordinada a la del acto de que es

ejecución.

Arganda del Rey (Madrid), 5 de abril de 2001.-El

Secretario accidental, Fabián Arroyo

Morcillo.-16.780.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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