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Documento BOE-B-2002-103140

Resolución emitida por la Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico de la Dirección General de Industria del Gobierno de Cantabria por la que se autoriza el establecimiento de la instalación eléctrica denominada "LMT Derivación a CTI Huzmeana" que se tramita con el expediente AT 19/01-C.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2002, páginas 3524 a 3524 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-B-2002-103140

TEXTO

Resolución autorizando el establecimiento de la

instalación eléctrica de alta tensión, expediente

AT-19-01(C). La empresa "Electra de Viesgo I,

Sociedad Anónima", con domicilio social en la calle

Medio, 12, Santander, ha solicitado ante la

Dirección General de Industria de la Consejería de

Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico la

autorización administrativa y la declaración en concreto

de utilidad pública de la instalación eléctrica

siguiente: "LMT Derivación a CTI Huzmeana". En

cumplimiento de los trámites que establecen los

artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1

de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 27),

normativa que resulta de aplicación supletoria, la

solicitud mencionada ha sido sometida a un período

de información pública, mediante el anuncio

publicado en el "Boletín Oficial de Cantabria" número

250, de 28 de diciembre de 2001; en el "Boletín

Oficial del Estado" número 9, de 10 de enero de

2002, y en el periódico "Alerta" de 21 de diciembre

de 2001. Paralelamente al trámite de información

pública, se ha practicado la notificación individual

a los titulares afectados, para que puedan formular

las alegaciones procedentes; y en cumplimiento de

lo dispuesto en el artículo 144 del mencionado Real

Decreto 1955/2000, se ha notificado al

Ayuntamiento de Los Tojos. Dentro del periodo de

información pública no se han formulado alegaciones.

Cumplidos los trámites administrativos establecidos

en la Ley 54/1997 y en el título VII del Real Decreto

1955/2000, ya citados; la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y demás normas de legal y vigente

aplicación. Visto que de acuerdo con lo que dispone

el Real Decreto 1903/1996, de 2 de agosto, y el

Decreto 99/1996, de 26 de septiembre, la

competencia para autorizar instalaciones eléctricas

provinciales corresponde a la Dirección General de

Industria. Visto el informe favorable del Servicio

de Energía, resuelvo:

Primero.-Autorizar a la empresa "Electra de

Viesgo I, Sociedad Anónima", la instalación eléctrica

"LMT Derivación a CTI Huzmeana", con las

características técnicas siguientes:

Línea eléctrica de media tensión:

Tensión: 12/20 kV.

Longitud: 641 metros.

Conductor: Tipo LA-56.

Apoyos metálicos: Seis.

Origen: Apoyo número 32 de la LMT 12/20 kV

derivación al CTI Bárcena Mayor de "Electra de

Viesgo I, Sociedad Anónima".

Final: CTI Huzmeana.

Segundo.-Declarar la utilidad pública de la

instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo

dispuesto en los artículos 52 y siguientes de la

Ley 54/1997, de 27 de noviembre, que llevará

implícita en todo caso, la necesidad de ocupación o de

adquisición de los derechos afectados de los

propietarios con los que el solicitante no ha llegado

a un acuerdo, e implicará su urgente ocupación a

los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación

Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Contra esta Resolución, que no agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso de alzada

ante el Consejero de Industria, Trabajo y Desarrollo

Tecnológico del Gobierno de Cantabria en el plazo

de un mes desde el día siguiente a su notificación,

de acuerdo con lo establecido en los artículos 114

y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santander, 8 de abril de 2002.-El Director general

de Industria, Pedro Obregón Cagigas.-15.304.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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