El Jefe de la Unidad Regional de Recaudación de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria
de Canarias,
Hace saber: Que, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 146 del Reglamento General de
Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990, de
20 de diciembre, habiéndose dictado por el Jefe
de la Dependencia Regional de Recaudación
acuerdos con fecha 29 de noviembre de 2001, decretando
la venta de los bienes embargados en los
procedimientos administrativos de apremio seguidos
contra los deudores que a continuación se relacionan,
se dispone la venta de los bienes que se detallan,
mediante subasta, que se celebrará el día 6 de febrero
de 2002, a las diez horas, en el salón de actos
de la Delegación Especial de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria en Canarias (plaza
Derechos Humanos, sin número, 3.o).
Bienes objeto de subasta
Deudor: "Aguas de San Roque, Sociedad
Anónima", con número de identificación fiscal
A-35000421:
Lote uno: Pozo "La Gambuesa". Ubicado en
Valsendero, término de Valleseco. Incluye todas sus
instalaciones, motor, equipo eléctrico y tuberías.
Expediente administrativo en el Consejo Insular del
Agua número 1.449 T.P. La propiedad del pozo
corresponde en su totalidad al deudor, si bien en
cuanto al aprovechamiento del agua obtenida le
corresponde en un 86 por 100. El resto corresponde
un 10 por 100 a herederos de don Juan Suárez
Sánchez (representados por don Juan Gonzalo
Suárez Reyes), y el otro 4 por 100 a herederos de
don Francisco Díaz Hernández (representados por
doña Gema Guerra Díaz); ambos recibirán dicho
caudal libre de gastos o, a su voluntad, exigirán
del propietario del pozo la compra de la parte no
aprovechada de agua al precio y medida que esté
vigente para estas transacciones en las heredades
de Arucas y Firgas. Existe un derecho de don José
Suárez Reyes, si estima oportuno ejercitarlo, a
adquirir al propietario del pozo hasta un máximo de ocho
horas de reloj de agua cada mes al precio según
medida y valor de Arucas. Sin cargas preferentes.
Valor de tasación: 120.604,31 euros (20.066.869
pesetas).
Tipo de subasta en primera licitación y postura
mínima admisible: 120.604,31 euros (20.066.869
pesetas).
Lote dos: Pozo "Camino de la Madre". Ubicado
en Valsendero, término de Valleseco. Incluye todas
sus instalaciones, motor, equipo eléctrico y tuberías.
Expediente administrativo en el Consejo Insular del
Agua número 1.450 T.P. La propiedad del pozo
corresponde en su totalidad al deudor, si bien en
cuanto al aprovechamiento del agua obtenida le
corresponde en un 86 por 100. El resto corresponde
un 10 por 100 a herederos de don Santiago Díaz
Guerra (representados por don Ramón Díaz
Hernández), y el otro 4 por 100 a herederos de don
Francisco Díaz Hernández (representados por doña
Gema Guerra Díaz); ambos recibirán dicho caudal
libre de gastos o, a su voluntad, exigirán del
propietario del pozo la compra de la parte no
aprovechada de agua al precio y medida que esté vigente
para estas transacciones en las heredades de Arucas
y Firgas. Sin cargas preferentes.
Valor de tasación: 362.236,31 euros (60.271.051
pesetas).
Tipo de subasta en primera licitación y postura
mínima admisible: 362.236,31 euros (60.271.051
pesetas).
Lote tres: Pozo "Huerta Grande". Ubicado en
Valsendero, término de Valleseco. Incluye todas sus
instalaciones, motor, equipo eléctrico y tuberías.
Expediente administrativo en el Consejo Insular del
Agua número 1.360 T.P. La propiedad del pozo
corresponde en su totalidad al deudor, si bien en
cuanto al aprovechamiento del agua obtenida le
corresponde en un 86 por 100. El resto corresponde
un 4 por 100 a herederos de don Francisco Díaz
Hernández (representados por doña Gema Guerra
Díaz), y el otro 10 por 100 se subdivide de la
siguiente forma: Una tercera parte pertenece a la heredad
de Aguas de Arucas y Firgas, otra tercera parte
a herederos de don Manuel Rodríguez Falcón (esta
parte se divide por mitades entre doña Candelaria
Rodríguez Rodríguez y don Francisco Rodríguez
Vega) y la última tercera parte pertenece por mitades
a herederos de don Vicente Rodríguez Guerra (que
es doña Candelaria Rodríguez Rodríguez) y a
herederos de don José Rodríguez Guerra (que es doña
Gema Guerra Díaz). Este 14 por 100 recibirán dicho
caudal libre de gastos o, a su voluntad, exigirán
del propietario del pozo la compra de la parte no
aprovechada de agua al precio y medida que esté
vigente para estas transacciones en las heredades
de Arucas y Firgas. Sin cargas preferentes.
Valor de tasación: 47.753,57 euros (7.945.525
pesetas).
Tipo de subasta en primera licitación y postura
mínima admisible: 47.753,57 euros (7.945.525
pesetas).
Deudor: "Aguas Minero Medicinales Los
Berrazales de Agaete, Sociedad Limitada", con número
de identificación fiscal B-35003979:
Lote uno: 34 participaciones en la Comunidad
de Aguas de la Renta y los Llanos de Valerón (CIF:
G-35.069.442). Las participaciones embargadas son
las números 1, 2, 3, 6, 12, 13, 15, 16, 17, 18,
19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30,
33, 37, 38, 39, 40, 46, 47, 48, 57, 82, 83, 84,
que representan un 28,33 por 100 del total de la
comunidad. Consta de un pozo en la zona de
Caideros (Gáldar). Sin cargas preferentes.
Valor de tasación: 694.277,16 euros (115.518.000
pesetas).
Tipo de subasta en primera licitación y postura
mínima admisible: 694.277,16 euros (115.518.000
pesetas).
Lote dos: Ocho participaciones en la Comunidad
de Augas Barranco de Lucena (CIF: G-35.090.232).
Las participaciones embargadas son las números
50, 74, 75, 76, 77, 78, 101, 114, que representan
un 7,50 por 100 del total de la comunidad. La
comunidad cuenta con dos pozos "Fuente Parra"
y "Lucena", en Guía. Sin cargas preferentes.
Valor de tasación: 73.924,49 euros (12.300.000
pesetas).
Tipo de subasta en primera licitación y postura
mínima admisible: 73.924,49 euros (12.300.000
pesetas).
Lote tres: Dos tuberías de polietileno. Una de
diámetro aproximado de 6 centímetros y otra de
11 centímetros. Tienen una longitud cercana a los
8 kilómetros, extendiéndose desde la zona de
Caiderreos de Gáldar (en el entorno del pozo de los
Llanos y la Renta de Valerón) hasta el naciente
de los Berrazales (Agaete), continuando hasta las
inmediaciones del balneario y de la embotelladora
de los Berrazales. Sin cargas preferentes.
Valor de tasación: 25.767,55 euros (4.287.360
pesetas).
Tipo de subasta en primera licitación y postura
mínima admisible: 25.767,55 euros (4.287.360
pesetas).
En cumplimiento del artículo 146 del citado
Reglamento, se publica el presente anuncio y se
advierte a las personas que deseen tomar parte en
la subasta de lo siguiente:
Primero.-Los bienes a subastar están afectos por
las cargas y gravámenes que figuran en la descripción
de los bienes, y que constan en el expediente, las
cuales quedan subsistentes, sin que pueda aplicarse
a su extinción el precio del remate.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de los bienes,
si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
Tercero.-Los licitadores podrán enviar o
presentar sus ofertas, en sobre cerrado, desde el anuncio
de subasta hasta una hora antes del comienzo de
ésta, sin perjuicio de que puedan participar
personalmente en la licitación con posturas superiores
a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter
de máximas, serán registradas en el Registro General
de la Delegación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria de Las Palmas y deberán ir
acompañadas de cheque conformado, extendido a
favor del Tesoro Público por el importe del depósito.
Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante
la Mesa de Subasta depósito de garantía, en metálico
o cheque conformado a favor del Tesoro Público,
que será de, al menos, el 20 por 100 del tipo de
aquélla, depósito se ingresará en firme en el Tesoro
si los adjudicatarios no satisfacen el precio del
remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que
incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el
importe del depósito origine la inefectividad de la
adjudicación.
Quinto.-En el caso de que no resulten
adjudicados los bienes en una primera licitación, la Mesa
de Subasta podrá realizar una segunda licitación,
si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de
subasta en el 75 por 100 del importe de la primera
licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite
de adjudicación directa, que se llevará a cabo de
acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General
de Recaudación.
Sexto.-El valor de las pujas, según el tipo
establecido, se incrementará de acuerdo con la siguiente
escala:
Incremento pujas
Euros Pesetas
Tipo para subasta
-Euros
Hasta 600. 50 8.319
De 600,01 a 3.000. 100 16.639
De 3.000,01 a 6.000. 300 49.916
De 6.000,01 a 30.000. 600 99.832
De 30.000,01 a 60.000. 1.200 199.663
De 60.000,01 a 150.000. 3.000 499.158
De 150.000 en adelante. 6.000 998.316
El adjudicatario deberá entregar en el acto, o
dentro de los cinco días siguientes, la diferencia
entre el depósito constituido y el precio de la
adjudicación.
Séptimo.-Si quedasen bienes sin adjudicar, se
iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo
máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas
en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la
Mesa de Subastas.
Los interesados deberán enviar o presentar sus
ofertas en sobre cerrado, serán registradas en el
Registro General de la Delegación de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria de Las Palmas
y deberán ir acompañadas de cheque conformado
extendido a favor del Tesoro Público, que cubra,
al menos, el 10 por 100 del tipo en primera
licitación.
Este depósito se ingresará en firme en el Tesoro
si los adjudicatarios no satisfacen el precio de remate
en el plazo de cinco días, procediéndose, en su
caso, a la adjudicación al siguiente postor (si la
oferta se considera suficiente) o a la apertura de
un nuevo plazo para presentar ofertas, sin perjuicio
de la responsabilidad en que incurrirán por los
mayores perjuicios que sobre el importe depositado
origine la inefectividad de la adjudicación.
Transcurrido un mes, desde el inicio y en plazo
máximo de cinco días hábiles, a contar desde el
último día de dicho mes, se reunirá la Mesa de
Subastas para proceder a la apertura de los sobres
con las ofertas presentadas, si las hubiere, pudiendo
proceder a la adjudicación de los bienes si alguna
de ellas se considera suficiente en ese momento.
En caso contrario, se anunciará la extensión a un
mes más para la presentación de nuevas ofertas,
o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la
validez de las ofertas presentadas hasta ese
momento, y así sucesivamente, con el límite total de seis
meses.
El acto de apertura de ofertas será público y tendrá
lugar en el salón de actos de la Delegación de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria de Las
Palmas.
El precio mínimo en adjudicación directa será
el tipo de subasta en primera licitación cuando no
se haya considerado procedente celebrar una
segunda licitación; si hubiera existido segunda licitación
no habrá precio mínimo.
Octavo.-La Agencia Tributaria se reserva el
derecho a pedir la adjudicación para el Estado del bien
que no hubiese sido objeto del remate, conforme
a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento
General de Recaudación.
Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles
en Registros públicos, los licitadores se conformarán
con los títulos de propiedad que hayan aportado
al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos
títulos estará a disposición de los interesados en las
oficinas de la dependencia de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria de Las Palmas de
Gran Canaria hasta el día anterior a la celebración
de la subasta. En caso de no estar inscritos los
bienes en el Registro, la escritura de adjudicación
es título, mediante el cual puede efectuarse la
inmatriculación en los términos previstos en el
artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y en los demás
casos se atendrán a lo dispuesto en el título VI
de dicha Ley.
Asimismo, se advierte a los licitadores que, a
instancia de esta dependencia de recaudación, los
expedientes de caducidad números 1.449 T.P. y
1.360 T.P. seguidos por el Consejo Insular de Aguas
de Gran Canaria que afecta a los pozos de "La
Gambuesa" y "Huerta Grande", están actualmente
en suspenso a la espera del resultado de la ejecución
de los mismos, siendo por cuenta de los
adjudicatarios la continuación de los trámites formales
ante dicho organismo para evitar dichas
caducidades.
Décimo.-Todos los gastos en impuestos
derivados de la transmisión, incluidos los derivados de
la inscripción en el Registro de la Propiedad del
mandamiento de cancelación de cargas no
preferentes, serán por cuenta del adjudicatario.
Undécimo.-El procedimiento de apremio,
aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá
en los términos y condiciones señaladas en los
artículos 135 y 136 de la Ley General Tributaria.
En todo lo no previsto en este anuncio se estará
a lo preceptuado en las disposiciones legales que
regulen el acto.
Las Palmas de Gran Canaria, 29 de noviembre
de 2001.-El Jefe de la Unidad Regional de
Recaudación, Fernando Rodríguez Tuñas.-61.930.
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