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Documento BOE-B-2002-1116

Anuncio de subasta de bienes inmuebles de la Delegación Especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Canarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 1, de 1 de enero de 2002, páginas 44 a 45 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2002-1116

TEXTO

El Jefe de la Unidad Regional de Recaudación de

la Agencia Estatal de Administración Tributaria

de Canarias,

Hace saber: Que, de conformidad con lo dispuesto

en el artículo 146 del Reglamento General de

Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990, de

20 de diciembre, habiéndose dictado por el Jefe

de la Dependencia Regional de Recaudación

acuerdos con fecha 29 de noviembre de 2001, decretando

la venta de los bienes embargados en los

procedimientos administrativos de apremio seguidos

contra los deudores que a continuación se relacionan,

se dispone la venta de los bienes que se detallan,

mediante subasta, que se celebrará el día 6 de febrero

de 2002, a las diez horas, en el salón de actos

de la Delegación Especial de la Agencia Estatal

de Administración Tributaria en Canarias (plaza

Derechos Humanos, sin número, 3.o).

Bienes objeto de subasta

Deudor: "Aguas de San Roque, Sociedad

Anónima", con número de identificación fiscal

A-35000421:

Lote uno: Pozo "La Gambuesa". Ubicado en

Valsendero, término de Valleseco. Incluye todas sus

instalaciones, motor, equipo eléctrico y tuberías.

Expediente administrativo en el Consejo Insular del

Agua número 1.449 T.P. La propiedad del pozo

corresponde en su totalidad al deudor, si bien en

cuanto al aprovechamiento del agua obtenida le

corresponde en un 86 por 100. El resto corresponde

un 10 por 100 a herederos de don Juan Suárez

Sánchez (representados por don Juan Gonzalo

Suárez Reyes), y el otro 4 por 100 a herederos de

don Francisco Díaz Hernández (representados por

doña Gema Guerra Díaz); ambos recibirán dicho

caudal libre de gastos o, a su voluntad, exigirán

del propietario del pozo la compra de la parte no

aprovechada de agua al precio y medida que esté

vigente para estas transacciones en las heredades

de Arucas y Firgas. Existe un derecho de don José

Suárez Reyes, si estima oportuno ejercitarlo, a

adquirir al propietario del pozo hasta un máximo de ocho

horas de reloj de agua cada mes al precio según

medida y valor de Arucas. Sin cargas preferentes.

Valor de tasación: 120.604,31 euros (20.066.869

pesetas).

Tipo de subasta en primera licitación y postura

mínima admisible: 120.604,31 euros (20.066.869

pesetas).

Lote dos: Pozo "Camino de la Madre". Ubicado

en Valsendero, término de Valleseco. Incluye todas

sus instalaciones, motor, equipo eléctrico y tuberías.

Expediente administrativo en el Consejo Insular del

Agua número 1.450 T.P. La propiedad del pozo

corresponde en su totalidad al deudor, si bien en

cuanto al aprovechamiento del agua obtenida le

corresponde en un 86 por 100. El resto corresponde

un 10 por 100 a herederos de don Santiago Díaz

Guerra (representados por don Ramón Díaz

Hernández), y el otro 4 por 100 a herederos de don

Francisco Díaz Hernández (representados por doña

Gema Guerra Díaz); ambos recibirán dicho caudal

libre de gastos o, a su voluntad, exigirán del

propietario del pozo la compra de la parte no

aprovechada de agua al precio y medida que esté vigente

para estas transacciones en las heredades de Arucas

y Firgas. Sin cargas preferentes.

Valor de tasación: 362.236,31 euros (60.271.051

pesetas).

Tipo de subasta en primera licitación y postura

mínima admisible: 362.236,31 euros (60.271.051

pesetas).

Lote tres: Pozo "Huerta Grande". Ubicado en

Valsendero, término de Valleseco. Incluye todas sus

instalaciones, motor, equipo eléctrico y tuberías.

Expediente administrativo en el Consejo Insular del

Agua número 1.360 T.P. La propiedad del pozo

corresponde en su totalidad al deudor, si bien en

cuanto al aprovechamiento del agua obtenida le

corresponde en un 86 por 100. El resto corresponde

un 4 por 100 a herederos de don Francisco Díaz

Hernández (representados por doña Gema Guerra

Díaz), y el otro 10 por 100 se subdivide de la

siguiente forma: Una tercera parte pertenece a la heredad

de Aguas de Arucas y Firgas, otra tercera parte

a herederos de don Manuel Rodríguez Falcón (esta

parte se divide por mitades entre doña Candelaria

Rodríguez Rodríguez y don Francisco Rodríguez

Vega) y la última tercera parte pertenece por mitades

a herederos de don Vicente Rodríguez Guerra (que

es doña Candelaria Rodríguez Rodríguez) y a

herederos de don José Rodríguez Guerra (que es doña

Gema Guerra Díaz). Este 14 por 100 recibirán dicho

caudal libre de gastos o, a su voluntad, exigirán

del propietario del pozo la compra de la parte no

aprovechada de agua al precio y medida que esté

vigente para estas transacciones en las heredades

de Arucas y Firgas. Sin cargas preferentes.

Valor de tasación: 47.753,57 euros (7.945.525

pesetas).

Tipo de subasta en primera licitación y postura

mínima admisible: 47.753,57 euros (7.945.525

pesetas).

Deudor: "Aguas Minero Medicinales Los

Berrazales de Agaete, Sociedad Limitada", con número

de identificación fiscal B-35003979:

Lote uno: 34 participaciones en la Comunidad

de Aguas de la Renta y los Llanos de Valerón (CIF:

G-35.069.442). Las participaciones embargadas son

las números 1, 2, 3, 6, 12, 13, 15, 16, 17, 18,

19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30,

33, 37, 38, 39, 40, 46, 47, 48, 57, 82, 83, 84,

que representan un 28,33 por 100 del total de la

comunidad. Consta de un pozo en la zona de

Caideros (Gáldar). Sin cargas preferentes.

Valor de tasación: 694.277,16 euros (115.518.000

pesetas).

Tipo de subasta en primera licitación y postura

mínima admisible: 694.277,16 euros (115.518.000

pesetas).

Lote dos: Ocho participaciones en la Comunidad

de Augas Barranco de Lucena (CIF: G-35.090.232).

Las participaciones embargadas son las números

50, 74, 75, 76, 77, 78, 101, 114, que representan

un 7,50 por 100 del total de la comunidad. La

comunidad cuenta con dos pozos "Fuente Parra"

y "Lucena", en Guía. Sin cargas preferentes.

Valor de tasación: 73.924,49 euros (12.300.000

pesetas).

Tipo de subasta en primera licitación y postura

mínima admisible: 73.924,49 euros (12.300.000

pesetas).

Lote tres: Dos tuberías de polietileno. Una de

diámetro aproximado de 6 centímetros y otra de

11 centímetros. Tienen una longitud cercana a los

8 kilómetros, extendiéndose desde la zona de

Caiderreos de Gáldar (en el entorno del pozo de los

Llanos y la Renta de Valerón) hasta el naciente

de los Berrazales (Agaete), continuando hasta las

inmediaciones del balneario y de la embotelladora

de los Berrazales. Sin cargas preferentes.

Valor de tasación: 25.767,55 euros (4.287.360

pesetas).

Tipo de subasta en primera licitación y postura

mínima admisible: 25.767,55 euros (4.287.360

pesetas).

En cumplimiento del artículo 146 del citado

Reglamento, se publica el presente anuncio y se

advierte a las personas que deseen tomar parte en

la subasta de lo siguiente:

Primero.-Los bienes a subastar están afectos por

las cargas y gravámenes que figuran en la descripción

de los bienes, y que constan en el expediente, las

cuales quedan subsistentes, sin que pueda aplicarse

a su extinción el precio del remate.

Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

Tercero.-Los licitadores podrán enviar o

presentar sus ofertas, en sobre cerrado, desde el anuncio

de subasta hasta una hora antes del comienzo de

ésta, sin perjuicio de que puedan participar

personalmente en la licitación con posturas superiores

a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter

de máximas, serán registradas en el Registro General

de la Delegación de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria de Las Palmas y deberán ir

acompañadas de cheque conformado, extendido a

favor del Tesoro Público por el importe del depósito.

Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante

la Mesa de Subasta depósito de garantía, en metálico

o cheque conformado a favor del Tesoro Público,

que será de, al menos, el 20 por 100 del tipo de

aquélla, depósito se ingresará en firme en el Tesoro

si los adjudicatarios no satisfacen el precio del

remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que

incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el

importe del depósito origine la inefectividad de la

adjudicación.

Quinto.-En el caso de que no resulten

adjudicados los bienes en una primera licitación, la Mesa

de Subasta podrá realizar una segunda licitación,

si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de

subasta en el 75 por 100 del importe de la primera

licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite

de adjudicación directa, que se llevará a cabo de

acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General

de Recaudación.

Sexto.-El valor de las pujas, según el tipo

establecido, se incrementará de acuerdo con la siguiente

escala:

Incremento pujas

Euros Pesetas

Tipo para subasta

-Euros

Hasta 600. 50 8.319

De 600,01 a 3.000. 100 16.639

De 3.000,01 a 6.000. 300 49.916

De 6.000,01 a 30.000. 600 99.832

De 30.000,01 a 60.000. 1.200 199.663

De 60.000,01 a 150.000. 3.000 499.158

De 150.000 en adelante. 6.000 998.316

El adjudicatario deberá entregar en el acto, o

dentro de los cinco días siguientes, la diferencia

entre el depósito constituido y el precio de la

adjudicación.

Séptimo.-Si quedasen bienes sin adjudicar, se

iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo

máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas

en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la

Mesa de Subastas.

Los interesados deberán enviar o presentar sus

ofertas en sobre cerrado, serán registradas en el

Registro General de la Delegación de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria de Las Palmas

y deberán ir acompañadas de cheque conformado

extendido a favor del Tesoro Público, que cubra,

al menos, el 10 por 100 del tipo en primera

licitación.

Este depósito se ingresará en firme en el Tesoro

si los adjudicatarios no satisfacen el precio de remate

en el plazo de cinco días, procediéndose, en su

caso, a la adjudicación al siguiente postor (si la

oferta se considera suficiente) o a la apertura de

un nuevo plazo para presentar ofertas, sin perjuicio

de la responsabilidad en que incurrirán por los

mayores perjuicios que sobre el importe depositado

origine la inefectividad de la adjudicación.

Transcurrido un mes, desde el inicio y en plazo

máximo de cinco días hábiles, a contar desde el

último día de dicho mes, se reunirá la Mesa de

Subastas para proceder a la apertura de los sobres

con las ofertas presentadas, si las hubiere, pudiendo

proceder a la adjudicación de los bienes si alguna

de ellas se considera suficiente en ese momento.

En caso contrario, se anunciará la extensión a un

mes más para la presentación de nuevas ofertas,

o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la

validez de las ofertas presentadas hasta ese

momento, y así sucesivamente, con el límite total de seis

meses.

El acto de apertura de ofertas será público y tendrá

lugar en el salón de actos de la Delegación de la

Agencia Estatal de Administración Tributaria de Las

Palmas.

El precio mínimo en adjudicación directa será

el tipo de subasta en primera licitación cuando no

se haya considerado procedente celebrar una

segunda licitación; si hubiera existido segunda licitación

no habrá precio mínimo.

Octavo.-La Agencia Tributaria se reserva el

derecho a pedir la adjudicación para el Estado del bien

que no hubiese sido objeto del remate, conforme

a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento

General de Recaudación.

Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles

en Registros públicos, los licitadores se conformarán

con los títulos de propiedad que hayan aportado

al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos

títulos estará a disposición de los interesados en las

oficinas de la dependencia de la Agencia Estatal

de Administración Tributaria de Las Palmas de

Gran Canaria hasta el día anterior a la celebración

de la subasta. En caso de no estar inscritos los

bienes en el Registro, la escritura de adjudicación

es título, mediante el cual puede efectuarse la

inmatriculación en los términos previstos en el

artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y en los demás

casos se atendrán a lo dispuesto en el título VI

de dicha Ley.

Asimismo, se advierte a los licitadores que, a

instancia de esta dependencia de recaudación, los

expedientes de caducidad números 1.449 T.P. y

1.360 T.P. seguidos por el Consejo Insular de Aguas

de Gran Canaria que afecta a los pozos de "La

Gambuesa" y "Huerta Grande", están actualmente

en suspenso a la espera del resultado de la ejecución

de los mismos, siendo por cuenta de los

adjudicatarios la continuación de los trámites formales

ante dicho organismo para evitar dichas

caducidades.

Décimo.-Todos los gastos en impuestos

derivados de la transmisión, incluidos los derivados de

la inscripción en el Registro de la Propiedad del

mandamiento de cancelación de cargas no

preferentes, serán por cuenta del adjudicatario.

Undécimo.-El procedimiento de apremio,

aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá

en los términos y condiciones señaladas en los

artículos 135 y 136 de la Ley General Tributaria.

En todo lo no previsto en este anuncio se estará

a lo preceptuado en las disposiciones legales que

regulen el acto.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de noviembre

de 2001.-El Jefe de la Unidad Regional de

Recaudación, Fernando Rodríguez Tuñas.-61.930.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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