Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras de fecha 9 de julio de 2001, se aprueba el
proyecto de construcción arriba indicado y se ordena
a esta Demarcación la incoación del expediente de
expropiación forzosa de los bienes y derechos
afectados por las obras de ejecución del proyecto
aprobado.
Es de aplicación el artículo 10 del Real
Decreto-ley 3/1993, de 26 de febrero ("Boletín Oficial
del Estado" de 2 de marzo), de medidas urgentes
sobre materias presupuestarias, tributarias,
financieras y de empleo, a cuyo tenor se declara de urgencia
la ocupación de los bienes por la expropiación
forzosa a que dé lugar la construcción de la mencionada
obra. La tramitación del correspondiente expediente
expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al
procedimiento de urgencia previsto en los artículos 52
de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16
de diciembre de 1954, y concordantes de su
Reglamento, de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el artículo 98 de
la Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a
lo señalado en las reglas 2.a y 3.a de su artículo
52, ha resuelto convocar a los propietarios que
figuran en las relaciones que se harán públicas en el
"Boletín Oficial de la Provincia de Asturias" y que
se encuentran expuestas en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento de Ribadesella, así como en el
de esta Demarcación de Carreteras, para que asistan
al levantamiento de las actas previas a la ocupación
en el lugar, día y hora que a continuación se indica:
Término municipal: Ribadesella.
Lugar: Casa Consistorial de Ribadesella.
Días: 20, 21, 24 y 25 de junio de 2002, de diez
treinta a trece horas.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en "La Voz de Asturias", "La
Nueva España" y en el "Boletín Oficial del Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian,
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplados en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la Ley
de Expropiación Forzosa para que en el plazo de
quince días (que, conforme establece el artículo 56.2
del Reglamento de Expropiación Forzosa podrán
prorrogarse hasta el momento en que se proceda
al levantamiento de las citadas actas previas a la
ocupación), los interesados podrán formular, por
escrito, ante este Demarcación de Carreteras (plaza
de España, 3, 33071 Oviedo), alegaciones a los solos
efectos de subsanar posibles errores que se hayan
producido al relacionar los bienes afectados por la
urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Oviedo, 26 de abril de 2002.-El Jefe de la
Demarcación, Agustín Falcón Bascarán.-18.428.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid