Ha sido admitido el depósito de los Estatutos
de la citada confederación, solicitado mediante
escrito de fecha 17 de enero de 2002, tramitado con
el número 658-5.580, una vez cumplimentada la
documentación requerida por este centro directivo
el 11 de febrero de 2002, al haberse observado
el cumplimiento de los requisitos previstos en la
Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del Derecho
de Asociación, y Real Decreto 873/1977, que la
desarrolla.
La presente confederación ha sido constituida en
fecha 12 de diciembre de 2001, según consta en
el acta de constitución aportada.
Constituyen esta confederación la Federación
Española de Hoteles, según consta en la certificación
del acuerdo suscrito por el Secretario de la misma,
don Valentín Ugalde Drove, y la Agrupación
Hotelera de las Zonas Turísticas de España, según consta
en la certificación del acuerdo suscrito por el
Secretario de la misma, don Ramón Estalella Halffter.
Por lo que se dispone la inserción de este anuncio
en el "Boletín Oficial del Estado" y su exposición
en el tablón de anuncios de esta Dirección General,
a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Se pone en su conocimiento que cualquier
interesado podrá examinar el documento depositado
y obtener copia del mismo en este centro directivo,
sito en calle Pío Baroja, número 6, despacho 210,
Madrid; siendo posible impugnarlo ante la Sala de
lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a
lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de
Procedimiento Laboral, aprobada por Real Decreto
Legislativo 2/1995, de 7 de abril ("Boletín Oficial
del Estado" del 11).
Madrid, 19 de abril de 2002.-La Dirección
General de Trabajo.-19.599.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid