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El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión
promovido por doña Apolonia Ramos Abad contra
desestimación de recurso de reposición sobre
liquidación provisional del Impuesto sobre el Valor
Añadido, ejercicio de 1998, acordada por la
Administración de Huelva de la Delegación de Huelva de
la AEAT, acuerda declararlo inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a usted
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este edicto.
Madrid, 8 de mayo de 2002.-Alejandro Rebollo
Álvarez-Amandi.-19.709.
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