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En el recurso extraordinario de revisión
interpuesto ante este Tribunal Económico-Administrativo
Central, por don Antonio Gual Monroig, en nombre
y representación de "Ponent 3, Sociedad Limitada",
contra el acta de conformidad incoada por el
Impuesto sobre Sociedades, ejercicio 1994, acuerda:
Declararlo inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 8 de mayo de 2002.-Francisco Eiroa
Villarnovo.-20.078.
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