Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo previsto en el
artículo 23 bis segundo de la Ley 46/1984, de 26 de
diciembre, reguladora de las Instituciones de
Inversión Colectiva se hace público:
Que con fecha 22 de octubre de 2001 "Morgan
Stanley Gestión, Sociedad Gestora de Instituciones
de Inversión Colectiva, Sociedad Anónima,
Sociedad Unipersonal" como Sociedad Gestora de los
Fondos "AB IBEXFONDO 2 Fondo de Inversión
Mobiliaria" (Fondo Absorbente) y "AB
IBEXPLUS 2 Fondo de Inversión Mobiliaria" (Fondo
Absorbido) aprobó por unanimidad la fusión por
absorción de los mencionados Fondos.
Que con fecha 26 de octubre de 2001 "Bancoval,
Sociedad Anónima" como Entidad Depositaria de
los Fondos "AB IBEXFONDO 2 Fondo de
Inversión Mobiliaria" (Fondo Absorbente) y "AB
IBEXPLUS 2 Fondo de Inversión Mobiliaria" (Fondo
Absorbido) aprobó por unanimidad el acuerdo de
fusión por absorción de los mencionados Fondos.
Que con fecha 4 de enero de 2002 el Ministro
de Economía, a propuesta de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores, autorizó el Proyecto de
Fusión de los citados Fondos presentado por dichas
entidades, en que se recoge la fusión por absorción
de "AB IBEXFONDO 2 Fondo de Inversión
Mobiliaria" y "AB IBEXPLUS 2 Fondo de Inversión
Mobiliaria" con disolución sin liquidación de la
entidad absorbida y transmisión en bloque de todos
sus activos y pasivos a la entidad absorbente,
sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos
y obligaciones a la absorbida.
Que al hilo de lo anterior, se producirán cambios
en el Reglamento de Gestión del Fondo Absorbente:
Se prevé modificar el artículo 1 del Reglamento
de Gestión para incluir en el mismo la nueva
denominación del Fondo, "Morgan Stanley USA
Garantizado Fondo de Inversión Mobiliaria". Se
modificarán igualmente los artículos 4 y 6 del Reglamento
para recoger la nueva denominación social de la
entidad gestora del fondo, su nuevo domicilio así
como la nueva comisión de depósito máxima fijada
por la ley. Asimismo se modificará el artículo 12
del Reglamento para recoger el nuevo valor
liquidativo aplicable a las suscripciones y reembolsos
del fondo.
Se producirán asimismo los siguientes cambios
en el Folleto Explicativo del fondo absorbente: Se
recogerá en el mismo la nueva política de inversión
del fondo, la nueva garantía de rentabilidad así como
el nuevo valor liquidativo aplicable a las
suscripciones y reembolsos y la hora límite a partir de
la cual las órdenes se consideran dadas al día
siguiente. En el folleto se eliminará el límite actual a la
comisión de depositaría del 4 por 1.000 sobre el
patrimonio nominal del fondo y se recogerá la nueva
estructura de comisiones de suscripción y
reembolso. Que como consecuencia de lo anterior y a los
efectos de lo establecido en la legislación vigente
en materia de Instituciones de Inversión Colectiva,
se comunica a los partícipes de los Fondos afectados
el derecho que les asiste ejercitable en el plazo de
un mes a contar desde la fecha de publicación de
este anuncio o de la remisión de la oportuna
comunicación a los partícipes, sin deducción de
comisiones de reembolso ni gasto alguno, de acuerdo
con lo establecido en el citado artículo 23 bis
segundo párrafo 4.o
Que de conformidad con lo establecido en los
artículos 242 y 243 del Texto refundido de la Ley
de Sociedades Anónimas se hace constar que los
partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar
y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados
y del Proyecto de Fusión.
Que asimismo los acreedores de los Fondos
participantes en la fusión podrán oponerse a la misma
en el plazo de un mes a contar desde la fecha
de publicación del último anuncio de fusión, en
los términos establecidos en el artículo 166 de la
citada Ley.
Madrid, 10 de enero de 2002.-Rafael Guerrero
Guerrero.-1.096.
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