Está Vd. en

Documento BOE-B-2002-147114

ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 20 de junio de 2002, páginas 4939 a 4940 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2002-147114

TEXTO

El Tribunal de Defensa de la Competencia en

el expediente 508/00 ha dictado la siguiente

Resolución:

Primero.-Declarar que en el presente expediente

se ha acreditado la realización de una práctica

res

trictiva de la competencia prohibida por el

artículo 6 de la Ley 16/1989, de Defensa de la

Competencia, imputable al Ilustre Colegio de Abogados

de Granada, consistente en dificultar el ejercicio

de la profesión al negar la concesión de la

"habilitación" solicitada por el letrado señor Navarro

para ejercer ocasionalmente en esa demarcación,

alegando el impago de las cuotas colegiales. La

habilitación fue expresamente derogada por el Real

Decreto Ley 5/1996 y posteriormente por la Ley

7/1997.

Segundo.-Intimar al citado Colegio, como autor

de la práctica declarada prohibida, para que cese

en la realización de la misma y para que en lo

sucesivo se abstenga de repetirla.

Tercero.-Imponer al Ilustre Colegio de Abogados

de Granada una multa de un millón trescientas mil

pesetas (7.813,16 euros).

Cuarto.-Ordenar la publicación, en el plazo de

dos meses, de la parte dispositiva de esta Resolución

en el "Boletín Oficial del Estado" y en la sección

de economía de dos diarios de información general

distribuidos en la provincia de Granada, a costa

del Colegio de Abogados de Granada, imponiendo,

en caso de incumplimiento, una multa coercitiva

de diez mil pesetas por día de retraso de la

publicación.

Quinto.-La justificación del cumplimiento de lo

ordenado en los apartados anteriores deberá hacerse

ante el Servicio de Defensa de la Competencia.

Este Acuerdo del Tribunal de Defensa de la

Competencia no es firme, habiendo sido recurrido en

vía contencioso-administrativa.

Granada, 5 de junio de 2002.-El Decano del

Ilustre Colegio de Abogados de Granada, José María

Rosales de Angulo.-29.343.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid