De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 146 del Reglamento General de Recaudación,
se pone en conocimiento de los deudores que se
dirán y de todas las otras personas a quien interese,
que en los expedientes administrativos de apremio
que también se relacionarán el Tesorero ha dictado
providencia en la que se acuerda la venta en pública
subasta de los bienes embargados, observándose en
su trámite y realización las prescripciones de los
artículos 147 y 148 del citado Reglamento.
La celebración de la subasta tendrá lugar en las
oficinas centrales del Servicio Provincial de
Recaudación y Gestión Tributaria, calle Álvaro López
Núñez, sin número, de Cáceres, en el día y la hora
que se indicarán.
En cumplimiento de dicha providencia se publica
el presente edicto convocando licitadores, y
advirtiéndoles a cuantos deseen tomar parte en la subasta
lo siguiente:
1. Los bienes embargados a enajenar son los
que al final se relacionarán.
2. Los licitadores deberán tener capacidad de
obrar con arreglo a derecho y no estar incursos
en ningún supuesto de impedimento legal.
Asimismo, deberán identificarse por medio de DNI y
justificar, en su caso, la representación que ostente.
3. Todo licitador deberá constituir ante la Mesa
de subasta el preceptivo depósito de garantía, que
será, como mínimo, del 20 por 100 del tipo de
los bienes que desearan licitar, y serán devueltos
a los no rematantes, reteniendo únicamente los
correspondientes a los adjudicatarios, a quienes se
prevendrá de que estos depósitos se ingresarán en
firme en la cuenta del Servicio Provincial de
Recaudación y Gestión Tributaria en el caso de que los
adjudicatarios no satisfagan el precio del remate
en el acto o dentro del reglamentario plazo previsto
a estos efectos, sin perjuicio de las responsabilidades
en que incurrirán por los mayores perjuicios que
sobre el importe del depósito origine la inefectividad
de la adjudicación.
4. La subasta se suspenderá en cualquier
momento anterior a la adjudicación de bienes, si
se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas
del procedimiento.
5. El rematante deberá entregar en el acto de
adjudicación de bienes, o dentro de los cinco días
siguientes, la diferencia entre el depósito constituido
y el precio de adjudicación.
6. Se admitirán ofertas en sobre cerrado hasta
una hora antes del inicio de la subasta. Dichas
ofertas deberán ser registradas en el Registro General
de este Servicio Provincial de Recaudación y
Gestión Tributaria, tendrán el carácter de máximas y
deberán ir acompañadas de cheque conformado,
extendido a favor del Servicio Provincial de
Recaudación y Gestión Tributaria, por el importe del
depósito.
7. En el supuesto de concurrencia de varias
ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de
posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas,
y será adjudicataria la postura más alta por el tramo
superior a la segunda en el caso de no existir otras
ofertas.
8. La devolución a los licitadores no
adjudicatarios que efectuaron su oferta en sobre cerrado
se realizará por medio de cheque extendido por
el Interventor y a cargo de la cuenta del Servicio
Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria.
9. Los tramos a que deberán ajustarse las
posturas serán los que para cada caso se indicará. Los
licitadores habrán de conformarse con los títulos
de propiedad que, en su caso, se hayan aportado
al expediente o las certificaciones supletorias que
consten, no teniendo derecho a exigir otros. Dichos
títulos podrán ser examinados en las oficinas
centrales del Servicio de Recaudación y Gestión
Tributaria, calle Álvaro López Núñez, sin número,
Cáceres, hasta el día anterior al de celebración de
la subasta, en horario de nueve a trece treinta horas
y de lunes a viernes.
En el supuesto de que no estuvieran inscritos los
bienes en el Registro, la escritura de adjudicación
es título bastante mediante el cual se puede efectuar
la inmatriculación en los plazos previstos en el
artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y en todos
aquellos casos en que sea necesario se habrá de proceder,
si les interesa, como dispone el título VI de la
mencionada Ley.
10. Las cargas y gravámenes anteriores y
preferentes a la anotación preventiva de embargo
quedarán subsistentes, sin aplicar a su extinción el
precio de remate.
11. En el caso de que no se enajenara la
totalidad o parte de los bienes en primera licitación,
la Mesa podrá acordar una segunda licitación, o
la iniciación del trámite de adjudicación directa,
que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150
del Reglamento General de Recaudación.
12. En caso de existir derechos de tanteo y
retracto, la adjudicación quedará en suspenso hasta
que se dé cumplimiento a los requisitos legales
exigidos en los respectivos derechos de adquisición
preferente.
Advertencias: Los posibles acreedores
hipotecarios, desconocidos, y el cónyuge, si fuera el caso,
se tendrán por notificados con plena virtualidad
legal, con la publicación del presente anuncio, así
como también los otros interesados en el expediente.
La notificación personal al deudor se entenderá
efectuada a todos los efectos legales, por medio
de la publicación del presente edicto, de
conformidad con lo dispuesto en al artículo 146.4 del
Reglamento General de Recaudación. Quedando
advertido que contra la anterior providencia podrá
interponer recurso de reposición ante el Tesorero
en el plazo de un mes a contar del día de la
publicación del presente edicto en el "Boletín Oficial"
de la provincia, sin perjuicio de que pueda ejercitar
cualquier otro recurso que estime pertinente.
El procedimiento de apremio, aunque se
interponga recurso, sólo se suspenderá en los términos
y condiciones señalados en el artículo 101 del
Reglamento General de Recaudación.
En todo lo no previsto en el presente edicto se
estará a los preceptuado en las disposiciones legales
que regulen el acto y confieran algún derecho a
favor de terceros.
Entidad acreedora: Junta de Extremadura.
Lugar de pago: Servicios Centrales SPRGT, calle
Álvaro López Núñez, sin número, Cáceres.
Expediente: 735163.
Deudor: "Sdad. Coop. Trabajo Asociado el
Bermejal".
Concepto: Ejecutiva Junta de Extremadura (avales
Convenio).
Importe total del débito: 110.116,42 euros.
Relación de bienes a enajenar
Lote número 1:
Descripción: Finca rústica en término municipal
de Salvatierra de Santiago. Situación: Partida
Bermejal, de 256 hectáreas 13 áreas 72 centiáreas.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Montánchez,
tomo 573, libro 31, folio 28, finca/subf 3.099.
Derechos del deudor: 100 por 100 pleno dominio.
Valoración: 1.572.000 euros.
Cargas que han de quedar subsistentes:
213.789,45 euros.
Tipo de subasta: 1.358.210,55 euros.
Día de la celebración de la subasta y hora: 17
de julio de 2002, a las diez horas.
Tramo de subasta: 600 euros.
Cáceres, 17 de junio de 2002.-Ana María Frade
Parra.-31.691.
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