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La Presidenta del Fondo Español de Garantía
Agraria en relación al procedimiento seguido contra
"Natisu, Sociedad Limitada" (expediente
número 52/99), y, para dar cumplimiento a lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, hago saber:
1.o Que, mediante Resolución del Excmo. Sr.
Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de
fecha 19 de abril de 2001, se acordó imponer a
la firma de referencia una sanción de 3.514 euros,
que deberá hacerse efectiva en el plazo de treinta
días, a contar desde la publicación del presente
anuncio, mediante transferencia bancaria a la
entidad 9000, Banco de España, sucursal 0001, Madrid,
cuenta corriente 20-0200009025 FEGA-FEOGA
garantía organismo pagador.
Lo que se hace público en sustitución de la
notificación directa al interesado, quién podrá dirigirse
a nuestras oficinas en Madrid, calle Beneficencia, 8,
para conocer el texto íntegro de la Resolución.
Madrid, 4 de junio de 2002.-La Presidenta, Elena
de Mingo Bolde.-&32.211.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid