El Ente Público Gestor de Infraestructuras
Ferroviarias (GIF), insta la incoación del correspondiente
expediente expropiatorio para disponer de los
terrenos necesarios para la ejecución de las obras del
proyecto de expropiación forzosa Nuevo Acceso
Ferroviario de Alta Velocidad de Levante. Tramo:
Énova-Puebla Larga, subtramo II, sección 1.a,
términos municipales de Carcaixent, Énova, Manuel,
Rafelguaraf, La Pobla Llarga y San Juan de
Énova,cuyo proyecto básico ha sido debidamente
aprobado.
Dichas obras están incluidas en la normativa de
la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de
los Transportes Terrestres, siendo aplicable a las
mismas su artículo 153. Así las obras se encuentran
amparadas por lo establecido en los artículos 228,
233 y 236.2 del Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres de 28 de
septiembre de 1990. De aquí la aplicación de los
preceptos contenidos en el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954
y concordantes de su Reglamento de 26 de abril
de 1957.
En su virtud, y a los efectos señalados en el
título II, capítulo II, de la vigente Ley de Expropiación
Forzosa y en los concordantes del Reglamento para
su aplicación,
Este Ministerio ha resuelto abrir información
pública durante un plazo de quince días hábiles,
contados desde la fecha de publicación en el "Boletín
Oficial del Estado", en la forma dispuesta en el
artículo 17, párrafo primero, del Reglamento de 26
de abril de 1957, para que los propietarios que
figuran en la relación adjunta y todas las demás personas
o entidades que se estimen afectadas por la
ejecuciónde las obras puedan formular por escrito ante
este Departamento, las alegaciones que consideren
oportunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley
de Expro piación Forzosa y en el artículo 56 del
Reglamento para su aplicación. Esta publicación
servirá de notificación para los interesados
desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos
prevenidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Del mismos modo se procederá a la citación,
mediante cédula individualizada, de los propietarios
al levantamiento de las actas previas a la ocupación,
que tendrá lugar en los Ayuntamientos indicados
en la relación adjunta, debiendo comparecer los
interesados con los documentos que acrediten su
personalidad y la titularidad de los bienes y derechos
afectados.
Además podrán consultar el anejo de
expropiaciones, tanto en los locales del Ministerio de
Fomento, Dirección General de Ferrocarriles, Subdirección
General de Construcción de Infraestructuras
Ferroviarias, como en los respectivos Ayuntamientos
afectados por la ejecución de las obras contenidas en
el proyecto de que se trata.
Madrid, 28 de junio de 2002.-P. D. El Director
general de Ferrocarriles (Orden 25 de septiembre
de 2000 "Boletín Oficial del Estado" de 5 de
octubre) Manuel Niño González.-33.186.
ANEXO (ver imágenes páginas 5798 a 5814).
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