Por Resolución de 30 de julio de 1998 ("Boletín
Oficial" de la provincia número 196, de 19 de
agosto), el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y
Transportes de la Generalidad Valenciana aprobó
definitivamente las modificaciones del Plan Especial
de Protección y Reforma Interior (PEPRI) del barrio
de Velluters, de Valencia, y las iniciativas de
programas de actuación integrada de ejecución directa
a través del "Instituto Valenciano de Vivienda,
Sociedad Anónima", en su condición de empresa de la
Generalidad Valenciana para las Unidades de
Eje
cución UE-0, UE-2RA, UE-2RB, UE-2RC,
UE-2RD, UE-6 y UE-15R. La gestión de estas
Unidades de Ejecución, mediante la expropiación de
los terrenos, corresponde a la Generalidad
Valenciana, a través del "Instituto Valenciano de Vivienda,
Sociedad Anónima". Las actuaciones públicas
contenidas en el desarrollo del Plan Especial de
Protección y Reforma Interior del barrio de Velluters,
de Valencia, en la medida que impliquen privación
singular de la propiedad privada o de derechos o
intereses patrimoniales legítimos, gozarán del
régimen de urgencia a los efectos prevenidos en la Ley
de Expropiación Forzosa (artículo 2.4 del Decreto
158/1992 y disposición adicional quinta de la Ley
de la Generalidad Valenciana 10/1998, de 28 de
diciembre, "Diario Oficial de la Generalidad
Valenciana" número 3404). En consecuencia, de
conformidad con el artículo 56 del Reglamento de
Expropiación Forzosa y 201.2 del Reglamento de
Gestión Urbanística, se sometió a información
pública la relación de bienes y derechos afectados.
Advertido error en dicho anuncio de información pública,
al no estar incluido en la relación de bienes y
derechos afectados la finca en Valencia, calle Lope de
Rueda, número 15, pese a estar incluida la misma
en la delimitación gráfica de la Unidad de Ejecución
2RB del Plan Especial de Protección y Reforma
Interior del barrio de Velluters, de Valencia, se
procedió a subsanar dicho error mediante la inclusión
de la citada finca en la relación de bienes y derechos
afectados y correlativo levantamiento de actas
previas a la ocupación. A la vista de las actas previas
a la ocupación y formuladas por el beneficiario de
la expropiación las correspondientes hojas de
depósito previo y/o indemnizaciones derivadas de la
rápida ocupación, se convoca al pago de la fase previa
a la ocupación, y correlativo levantamiento de actas
de ocupación.
Lugar: Oficina RIVA-Ciutat Vella, calle Palma,
número 5, teléfono 96 386 55 50.
Hora: Nueve. Día: 26 de julio de 2002. Finca:
Solar en calle Lope de Rueda, número 15.
Ordinal de los expedientes citados: 85/UE 2RB.
A este acto, que será notificado por cédula a los
interesados, deberán concurrir los mismos provistos
del documento nacional de identidad y número de
identificación fiscal, nota simple del Registro de la
Propiedad por la que se acredite que la finca objeto
de expropiación se encuentra libre de cargas y
gravámenes y, si optaren por comparecer representados
por otras personas, copia de la correspondiente
escritura de apoderamiento. Se significa que el
presente anuncio se publica igualmente a los efectos
establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, para los interesados que
figuren como desconocidos o con domicilio
ignorado.
Valencia, 4 de julio de 2002.-"Instituto
Valenciano de Vivienda, Sociedad Anónima", Gerente,
María Luisa Gracia Giménez.-&34.738.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid