El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución del recurso de alzada
promovido por "Bodegas 501 del Puerto, Sociedad
Anónima", contra Acuerdo del Director del
Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria de 19 de abril de 1996,
en asunto relativo a aplazamiento de deuda
tributaria, acuerda desestimarlo y confirmar los actos
impugnados.
Lo que se notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
24 de junio de 2002.-Francisco J. Palacio Ruiz
de Azagra.-34.450.
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