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Este Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en resolución a la reclamación interpuesta
por don Pablo Maillo Ferran, contra resolución de
la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera de fecha 1 de febrero de 2000, desestimatoria
del recurso de reposición interpuesta contra otra del
mismo Centro Directivo de 29 de noviembre de 1999,
sobre reintegro al Tesoro Público, acuerda estimarla,
anulando el acuerdo de reintegro impugnado.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advitiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 2 de julio de 2002.-El Vocal Jefe de
la Sección 11.a, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-&34.453.
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